Política
Ver día anteriorMartes 13 de diciembre de 2011Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio

Ratifica que su coalición es parcial y tiene derecho a más promocionales

Avala el TEPJF beneficios para el PRI y sus aliados rumbo a 2012

Falla convalidando decisión del IFE para radio y televisión

 
Periódico La Jornada
Martes 13 de diciembre de 2011, p. 12

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) consideró infundado el recurso interpuesto por el Movimiento Progresista en contra del acuerdo del Instituto Federal Electoral (IFE), mediante el cual avaló como una coalición parcial a Compromiso por México, conformada por los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Verde Ecologista de México (PVEM) y Nueva Alianza (Panal). En su decisión también ratificó la asignación de promocionales en radio y televisión a las coaliciones, consecuencia de la diferencia legal que implica una alianza parcial y otra total.

Asimismo, los magistrados revocaron el acuerdo del Comité de Radio y Televisión relacionado con el catálogo de estaciones que deberán pautar los mensajes durante precampañas y campanas, cuyo efecto central era que obligaba a las estaciones repetidoras de Televisa y Tv Azteca a bloquear sus señales nacionales para difundir su pauta local. El argumento: el comité se extralimitó en sus funciones, pues no está facultado a emitir normas generales, algo que corresponde al Consejo General, como lo argumentaban justamente las televisoras en su recurso.

Ratifican el plazo de los tres días

En la misma sesión se ratificó la resolución del IFE de otorgar un plazo de 3 días a las emisoras de radio y televisión para incluir y sustituir los promocionales de los partidos políticos. Igualmente se conservó el cuarto día que el IFE otorgó a aquellas estaciones que no tengan el domicilio en el mismo lugar de transmisión, es decir, el beneficio que se le concedió principalmente a Televisa y Tv Azteca.

De igual forma, resolvió el recurso del Revolucionario Institucional en contra del reglamento de radio y televisión que restringía a los partidos o coaliciones que tuvieran un solo precandidato, a transmitir mensajes sólo genéricos, sin posibilidad de promocionar a su único aspirante. Se cambió parcialmente anulando que los partidos sólo difundirán anuncios genéricos, anulando el carácter genérico para dejarlo solamente en los que promocionales acordes con las disposiciones legales vigentes, lo que en principio, mantendría las restricciones para las coaliciones Compromiso por México y Movimiento Progresista.

Con la resolución del TEPJF sobre las coaliciones se confirma que a escala de promocionales de radio y televisión, el registro del Movimiento Progresista como coalición total y de Compromiso por México como parcial, acentuará las diferencias en los promocionales de ambas de manera sustancial.

Según algunas estimaciones, con esta disposición, Compromiso por México alcanzaría 11 millones de anuncios, sumando los tres partidos coaligados, casi el triple de Movimiento Progresista, que tendría 4.1 millones, contra 5.6 del Partido Acción Nacional (PAN).

Legalmente, al ser coalición parcial, los tres partidos de Compromiso por México acceden por separado a la asignación de 30 por ciento de promocionales distribuidos equitativamente y el Movimiento Progresista sólo como un partido. Esta diferenciación habría hecho perder a la coalición de izquierda casi dos millones de mensajes, por haberse registrado como coalición total.

En cuanto al catálogo de estaciones que polarizó al IFE por la consecuencia de la decisión del Comité de Radio y Televisión, el TEPJF lo invalidó por cuestiones de forma. El magistrado Flavio Galván explicó que no era razonable que el Consejo General sólo se limitará a aprobar la difusión de un catálogo que había ya aprobado una instancia inferior.

Por tanto, otorgó al IFE un plazo de 3 días para elaborar un nuevo catálogo de estaciones de radio y televisión, mientras tanto, quedará vigente el que en su momento aprobó el Comité. Los magistrados deberán notificar al TEPJF 24 horas después de haberlo aprobado.