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Legisladores deciden dejar pendiente su discusión en el pleno

Fuera de la reforma aprobada en el Senado, facultad de la CNDH de atraer casos graves
 
Periódico La Jornada
Sábado 12 de marzo de 2011, p. 16

La mesa directiva de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados rechazó incluir en el pliego final de la reforma aprobado en el Senado en materia de derechos humanos el artículo 102 de la Constitución, que tiene que ver con la facultad de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) para atraer e investigar violaciones graves a las garantías individuales.

Alfonso Navarrete Prida, presidente de la Comisión de Derechos Humanos, informó que la reforma constitucional aprobada en el Senado se enviará al Ejecutivo. Y restaría por debatir, y en su caso aprobar en el pleno, los cambios que hizo el Senado.

Éste incluyó en la minuta cambios relativos a la facultad de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para atraer casos de violaciones graves a las garantías ciudadanas. El pleno de la comisión debatirá la semana próxima el destino de tales cambios, y en su caso diferirá su ratificación ante el pleno durante el próximo periodo ordinario de sesiones.

El legislador priísta recordó en la reunión de la mesa directiva de la comisión que el artículo 102 de la Ley de Derechos Humanos, relativo a la facultad de investigación de la CNDH, causó polémica en el Senado. “La propuesta que nosotros enviamos decía que no fuera el presidente de la CNDH quien tuviera esa facultad de investigación sino el Consejo Consultivo.

Los senadores, con razón decían que desnaturalizábamos al consejo consultivo, que dejaría de ser consultivo para convertirse en un órgano ejecutivo que desahogara procedimientos, girara órdenes y tomara determinaciones. De tal manera que ellos nos envían el dictamen original que tenían y de acuerdo con la Constitución es un asunto inédito. Va a generar precedentes importantes de aquí en adelante. No hay un ejemplo igual en el que una cámara de origen que envió una iniciativa aprobada a su par observe que el documento sufre modificaciones y la minuta se divida.

La interpretación que hasta ahora se le había dado al inciso E del artículo 72 constitucional era que se aprobaba toda la minuta o nada. No obstante, la interpretación que imprimió el Senado es que las dos cámaras aprueben un mismo contenido, y se deje encorchetado el artículo 102, donde no hubo acuerdo, con objeto de privilegiar el consenso entre ambos órganos legislativos.

Lo estuve meditando y si un artículo debiera tener alguna interpretación con el resto, se entenderá que la Cámara debe dejar en reserva el cuerpo de la minuta, pero en este caso no es así, el artículo 102 es un artículo autónomo del resto de lo que se aprobó, que es la parte orgánica de la Constitución, y que habla del régimen interno de la CNDH. Esto no significa que nos quedemos sin el artículo 102 constitucional; el que se queda es el vigente, con las facultades que tiene hasta este momento la CNDH.