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Desestima anomalías procesales de la reforma que impide candidaturas comunes en Edomex

La SCJN avala la ley Peña; el PRD acudiría a instancias internacionales

Ratifica que los poderes legislativos estatales tienen la potestad de aprobar normas electorales

La Corte favorece las pretensiones regresivas y autoritarias de Enrique Peña Nieto: Ortega

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Los ministros Juan Silva Meza, Olga Cordero, Sergio Valls y Luis María Aguilar, durante la sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que ayer validó por unanimidad la reforma que impide las candidaturas comunes en el estado de MéxicoFoto Guillermo Sologuren
 
Periódico La Jornada
Martes 30 de noviembre de 2010, p. 32

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó ayer por unanimidad la constitucionalidad de la llamada ley Peña, que regirá las elecciones en el estado de México el próximo año.

La nueva norma prohíbe las candidaturas comunes para elegir gobernador y reduce los tiempos de campaña y el financiamiento a los partidos políticos.

La reforma fue impugnada mediante acciones de inconstitucionalidad por los partidos de la Revolución Democrática (PRD), Acción Nacional (PAN), del Trabajo (PT) y Convergencia, los cuales consideraron que la nueva ley es inequitativa y favorecerá al Partido Revolucionario Inatitucional (PRI) en el proceso electoral que comienza el primero de enero de 2011.

Como adelantó La Jornada el 23 de noviembre, los ministros avalaron prácticamente sin discusión el proyecto elaborado por José Ramón Cossío, quien señaló que aun cuando se detectaron irregularidades en el proceso de validación de la reforma en algunos municipios, no eran suficientes para declarar la nulidad del procedimiento.

La demanda presentada por el PT fue desechada porque su presidente nacional no cumplió el requisito de firmar la acción de inconstitucionalidad; lo hizo un funcionario partidista no autorizado legalmente.

Así, los ministros validaron tanto el proceso legislativo impugnado como el procedimiento de validación de los 125 municipios a la reforma constitucional.

En cuanto a los ayuntamientos, Cossío precisó que 112 de los 125 votaron la reforma y en 94 se verificó la votación, cantidad suficiente para convalidar el procedimiento.

No se duda que hay algunos problemas en algunos ayuntamientos concretos, pero ni la magnitud de las violaciones en unos casos, ni sobre todo la sumatoria general, digamos, de los ayuntamientos invalidados, pueden llevar a declarar la invalidez de este ejercicio que se realizó en el estado de México, y esto básicamente es la conclusión del proyecto, puntualizó el ministro ponente.

Respecto a la reducción de los tiempos de campaña, el pleno confirmó el criterio establecido en enero a propósito de la ley electoral de Guanajuato: las legislaturas de los estados están facultadas para fijar la duración de las campañas.

Por lo que respecta a las candidaturas comunes, el pleno también reiteró que los legisladores de los estados pueden aceptar o rechazar las candidaturas comunes y regular el financiamiento de las campañas políticas.

De esta manera la oposición sólo dispondrá de las figuras de alianza o coalición para el próximo proceso electoral en el estado de México.

Casi al término de la sesión, el ministro Luis María Aguilar planteó excusarse de conocer del asunto porque una de las demandas fue presentada por Fabián Aguinaco, hijo del ex presidente de la SCJN Vicente Aguinaco Alemán, con quien Aguilar colaboró como oficial mayor.

El pleno consideró que no había razón para el impedimento y el ministro presidente, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, advirtió: Me preocuparía mucho estimar una causal de improcedencia por amistad con un abogado litigante, porque en cualquier momento se podría generar (el impedimento) para excluir a un ministro de la discusión.

Jesús Ortega, presidente nacional del PRD, dijo que los ministros de la SCJN aprobaron la ley Peña con un fallo apresurado e incorrecto.

Advirtió que el sol azteca podría recurrir a instancias internacionales, como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en defensa de los derechos políticos elementales.

Resaltó que la resolución limita y constriñe el avance democrático, y en los hechos favorece las pretensiones regresivas y autoritarias del gobernador Enrique Peña Nieto.