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El fuero de guerra no debe aplicar en agresiones contra civiles

Exigen ONG controles democráticos para regular uso de fuerza castrense
 
Periódico La Jornada
Domingo 26 de septiembre de 2010, p. 6

La iniciativa para reformar el Código de Justicia Militar que el Ejecutivo federal enviará al Legislativo –como lo prometió el secretario de Gobernación, Francisco Blake Mora, durante su reciente comparecencia en el Senado– debe considerar que esta normatividad no se debe aplicar extensivamente, bajo ninguna circunstancia, a delito alguno que constituya una violación de los derechos humanos de civiles, esto es, que los ilícitos contra la ciudadanía cometidos por miembros de las fuerzas armadas sean atendidos por tribunales civiles, señalaron organizaciones de defensa de las garantías fundamentales.

Indicaron que el Estado mexicano está obligado a cumplir esta demanda, pues así lo asienta la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coidh) sobre el caso de Rosendo Radilla Pacheco, desaparecido por militares en la guerra sucia.

En una carta dirigida al titular de la Secretaría de Gobernación, las agrupaciones exigieron controles democráticos para regular el uso de la fuerza militar, combatir los abusos y la impunidad que los solapa.

Los centros de derechos humanos Miguel Agustín Pro Juárez y de la Montaña Tlachinollan, la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, el Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia (IMDHyD), la Red Todos los Derechos para Todos y varias ONG más, señalaron que esta reforma debe plantear que en ningún caso en el militares abusen de civiles deba proceder el fuero de guerra.

En la misiva, las organizaciones resaltaron que de acuerdo con el derecho internacional la jurisdicción militar debe ser restrictiva, excepcional y de competencia funcional, es decir, sólo debe conocer de faltas relacionadas con la disciplina militar.

Édgar Cortez, del IMDHyD, agregó que otra de las peticiones es que los jueces y tribunales que conozcan de las violaciones a derechos humanos en las que incurran elementos castrenses deben ser independientes. Característica que no cumplen los tribunales militares, que dependen de la Secretaría de la Defensa Nacional y eso representa un riesgo de impunidad.

En la carta, las ONG sostuvieron que la reciente militarización de la seguridad pública y la persistencia de la aplicación extensiva del fuero militar a casos de violaciones a derechos humanos de civiles exigen controles democráticos para regular el uso de la fuerza, contrarrestar los abusos y erradicar la impunidad.

Agregaron que toda iniciativa que el Ejecutivo presente a consideración del Congreso, así como las discusiones de los legisladores sobre la jurisdicción militar en lo general y en lo particular, debe tener en consideración el análisis que la Coidh, en su sentencia sobre el caso Radilla, realiza al artículo 57, fracción segunda, del Código de Justicia Militar, al que califica de impreciso pues considera que si los soldados están de servicio al momento de cometer una irregularidad contra la ciudadanía el caso tiene que ser atendido por los tribunales militares.

Las organizaciones señalan que, aunque el delito sea cometido por militares en los momentos de estar de servicio no es suficiente para que su conoci- miento corresponda a la justicia penal castrense.

Cortez agregó que se debe poner atención en que la iniciativa que Calderón envíe al Legislativo no contenga algunas excluyentes. Se debe acotar y limitar la jurisdicción militar, esa es la esencia de la resolución de la Coidh y México tiene que cumplir.