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Considera que viola garantías procesales de víctimas, ofendidos y terceros involucrados

Promueve CDHDF recurso en la Corte contra la Ley de Extinción de Dominio
 
Periódico La Jornada
Jueves 19 de agosto de 2010, p. 34

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) promovió una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra las reformas a la Ley de Extinción de Dominio del Distrito Federal, las cuales establecen que se puede iniciar un juicio en esta materia sin tener que notificar personalmente a los propietarios de los inmuebles.

Lo anterior, consideró el organismo, viola las garantías procesales de las víctimas, ofendidos y terceras personas involucradas en dichos procesos, con relación a su intervención en el procedimiento en igualdad de condiciones, así como el derecho de audiencia y de defensa adecuada, lo cual vulnera el artículo 14 de la Constitución Mexicana.

Promulgada en diciembre de 2008 como un instrumento para debilitar la estructura financiera de la delincuencia organizada, la Ley de Extinción de Dominio del Distrito Federal prevé, por medio de juicios civiles, la confiscación de bienes que sean utilizados para la comisión de ilícitos como robo de vehículos, secuestro, trata de personas, extorsión y encubrimiento por receptación.

Sin embargo, el pasado 19 de julio la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó una serie de reformas a los artículos 25, 26 y 34 de la citada norma, con el argumento de que con ellas se agilizaban los procesos y se facilitaba la reparación del daño de la víctima.

En un comunicado de prensa, la CDHDF señaló que el artículo 25 de la ley antes de la reforma garantizaba el derecho de las víctimas y ofendidos para ofrecer pruebas en lo relativo a la reparación del daño, cuya intervención estaba asegurada por lo dispuesto en el artículo 34, que preveía la obligación de que la autoridad notificara personalmente a las víctimas u ofendidos respecto de la admisión del juicio civil.

Sin embargo, agregó, al determinarse que la notificación puede publicarse en el Boletín Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y en forma de edictos en algunos periódicos, se impide que las víctimas y ofendidos tengan noticia de que existe un procedimiento cuya determinación puede afectar sus derechos.

La comisión de derechos humanos solicitó el apoyo de la sociedad civil organizada, la que exhortó a presentar sus argumentos en calidad de amicus curiae (no prevista en las leyes mexicanas) ante la Suprema Corte, con el objetivo de que en México se garanticen los más altos estándares de protección de las personas.