Política
Ver día anteriorJueves 27 de mayo de 2010Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio

Presentan iniciativa de reforma constitucional

Plantean PRI, PAN y PRD eliminar arraigo y acotar a testigos protegidos
 
Periódico La Jornada
Jueves 27 de mayo de 2010, p. 10

Senadores de PRI, PAN y PRD, integrantes del grupo plural que dio seguimiento al llamado michoacanazo, presentaron ayer una iniciativa para reformar la Constitución y derogar la figura del arraigo, reforzar el principio de presunción de inocencia, acotar el valor probatorio de los testigos protegidos e instaurar la responsabilidad patrimonial del Estado por detenciones indebidas.

Al cumplirse un año de que fueron detenidos 35 servidores públicos del estado de Michoacán, mediante simples órdenes de localización y presentación giradas por la Procuraduría General de la República –en lo que se conoció como el michoacanazo–, los legisladores presentaron la iniciativa con el propósito de que no se repitan actos similares.

Las reformas propuestas tienen la finalidad de reforzar el principio de presunción de inocencia y plantean que, junto con ese reconocimiento, se adicione al artículo 16 constitucional que sólo podrá librarse una orden de aprehensión cuando existan datos que acrediten el cuerpo del delito y que hagan probable la responsabilidad del indiciado.

Proponen una adición al apartado b, fracción primera, del artículo 20 constitucional, para establecer que nadie está obligado a probar su inocencia.

Acerca del arraigo, los senadores señalan que se trata de una figura reconocida en el orden jurídico nacional, pero que va en contravía de los estándares internacionales y de las recomendaciones que distintos organismos han hecho al país, porque consideran que es una forma de detención arbitraria que propicia violaciones a los derechos humanos, como tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes, en cuanto que es una forma de prisión disfrazada, sin garantías.

Los senadores proponen que se derogue el párrafo octavo del artículo 16 de la Carta Magna para extraer del orden constitucional la figura del arraigo.

En cuanto a los testigos protegidos, señalan que el valor probatorio de éste debe acotarse al máximo, porque nunca existen suficientes garantías para evitar la inducción.

Asimismo, en la iniciativa se propone reformar el párrafo tercero del artículo 16, con el propósito de establecer que para fundar y motivar una orden de aprehensión, la sola declaración de los testigos protegidos nunca será suficiente para acreditar el cuerpo del delito y la probable responsabilidad del indiciado.

Explican que la reforma al artículo 20 tiene como objeto precisar que las declaraciones de testigos colaboradores sin elementos de convicción que las corroboren, no serán suficientes para establecer la culpabilidad del procesado.

Además, con el propósito de desestimular la práctica de las detenciones indebidas o arbitrarias por las autoridades, debe establecerse la responsabilidad patrimonial a cargo del Estado.

Es decir, apuntan los senadores, se trata de que la víctima del error judicial o de una detención arbitraria no deba soportar un daño irreparable proveniente del ejercicio de una de las funciones del Estado sin obtener la indemnización correspondiente.