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La mayoría de los magistrados le permite competir pese a enfrentar auto de formal prisión

Aprueba el TEPJF candidatura de Martín Orozco en Aguascalientes

Se aplicó un criterio garantista e integral basado en convenios internacionales, aducen

Flavio Galván votó en contra porque el panista no era elegible; no hay democracia sin ley

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Martín Orozco Sandoval, candidato panista a la gubernatura de Aguascalientes, y el presidente del Partido Acción Nacional, César Nava, durante la conferencia de prensa que ofrecieron ayer en la ciudad de México luego que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que el primero podrá inscribir su candidatura ante el Instituto Estatal ElectoralFoto Notimex
 
Periódico La Jornada
Viernes 14 de mayo de 2010, p. 35

Martín Orozco Sandoval podrá contender como candidato del Partido Acción Nacional (PAN) a la gubernatura de Aguascalientes, luego que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Electoral local registrarlo.

A pesar de estar sujeto a proceso judicial, lo que supuestamente restringe sus derechos político-electorales, los magistrados aplicaron un criterio garantista e integral y acordaron permitir al panista disputar la gubernatura el 4 de julio.

Orozco Sandoval recibió un auto de formal prisión por la adquisición irregular de un predio que era propiedad del ayuntamiento de la capital de Aguascalientes cuando él era el alcalde (2005-2007).

La mayoría de los magistrados rechazaron el proyecto de Flavio Galván –que ratificaba la negativa del registro con base en la Constitución local– y determinaron que no se podían cancelar sus derechos políticos porque el proceso penal no ha concluido, y dejarlo fuera de la contienda habría dado por sentada su culpabilidad.

Tras criticar las restricciones que impone la Constitución local a sus ciudadanos, el magistrado Pedro Penagos se basó en los tratados internacionales firmados por México para justificar la revocación. Debe tomarse en cuenta el artículo 25 del Pacto de los Derechos Civiles y Políticos de San José, que estipula que la suspensión de derechos político-electorales no debe ser indebida, esto es, que la persona a quien no se haya privado de su libertad no se le debe privar de sus derechos políticos.

Penagos reconoció que Orozco está sujeto a proceso penal, pero ha sido criterio de esta sala superior que los derechos fundamentales de los ciudadanos sean maximizados; deben ampliarse tomando en consideración lo que ha suscrito el Estado mexicano. Por eso, la decisión no debería tomarse ser a partir de la lectura literal de la Constitución local, sino de una visión integral que garantice el ejercicio de los derechos fundamentales del ciudadano, argumentó.

El proyecto de Galván señalaba que el instituto local no debía registrar a Orozco porque está sujeto a proceso penal por un delito sancionado con privación de la libertad (...) y por tanto no reunía los requisitos de elegibilidad. Los otros cinco magistrados presentes (la presidenta, María del Carmen Alanís, aún no regresa de Londres, adonde acudió como observadora a las elecciones hace más de una semana) fraguaron el voto mayoritario por la visión garantista e integral en favor de Orozco.

Galván defendió su proyecto. Según la argumentación de Penagos, Salvador Nava, Manuel González Oropeza y Constancio Carrasco, ironizó, se podría considerar ridículo obligar a los ciudadanos a tener credencial de elector, pues no se podría supeditar el derecho a votar a la posesión de un pedazo de plástico.

No hay democracia sin ley. Democracia no es autarquía, y parece que en lugar de estar juzgando un caso estuviéramos juzgando al Poder Constituyente de Aguascalientes, concluyó.