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La apertura de la información desde 2007 incluye montos condonados por el fisco

Ordena IFAI al SAT publicar nombres de beneficiarios de 74 mil millones de pesos

La cantidad que se dejó de recaudar sextuplica el presupuesto a desarrollo social: Ángel Trinidad

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Oficinas del SAT en avenida Hidalgo, en la ciudad de MéxicoFoto Yazmín Ortega Cortés
 
Periódico La Jornada
Jueves 11 de marzo de 2010, p. 24

El pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI) sentó precedente ayer al ordenar al Servicio de Administración Tributaria (SAT), por primera ocasión, que dé a conocer los montos y nombres de las personas físicas y morales a las cuales se les condonó el pago de contribuciones federales por un monto cercano a 74 mil millones de pesos.

La apertura de esa información deberá hacerse a partir de 2007, año en el cual la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) aprobó un acuerdo que autorizó la condonación total o parcial de los créditos fiscales consistentes en contribuciones federales cuya administración corresponde al SAT, así como cuotas compensatorias, actualizaciones y accesorios de ambas. Asimismo, las multas por incumplimiento de las obligaciones fiscales federales distintas a las obligaciones de pago. Ese acuerdo benefició ese año a un grupo de 36 grandes corporativos, según consignó La Jornada.

El comisionado ponente del recurso 6030/09, Ángel Trinidad, destacó que lo que dejó de recaudar el SAT implica seis veces el presupuesto de Desarrollo Social en el combate a la pobreza, dijo en alusión al programa Oportunidades, que ese año recibió un presupuesto de 12 mil millones de pesos.

Al presentar su ponencia, Trinidad señaló que la Ley del SAT otorga a ese organismo la responsabilidad de aplicar la legislación fiscal para que las personas físicas y morales contribuyan proporcional y equitativamente al gasto público. Además, debe fiscalizar a los contribuyentes y proporcionar la información necesaria para el diseño y evaluación de la política tributaria del Estado mexicano.

Con base en las obligaciones del SAT y lo establecido en la Ley Federal de Transparencia, que en sus artículos 3 y 4 ordena transparentar la gestión pública para favorecer la rendición de cuentas y valorar el desempeño de los sujetos obligados (dependencias y entidades gubernamentales), Trinidad ordenó a ese órgano desconcentrado de la SHCP revelar la información.

“La rendición de cuentas (…) es el mecanismo por el cual se puede evaluar el desempeño de los sujetos obligados (entidades públicas).” Por ello, no procede la confidencialidad amparada en el secreto fiscal –como alegó el SAT– y menos cuando se trata de una cantidad tan exorbitante. Cuestionó: ¿Por qué si una de sus atribuciones es cobrar y recaudar eficientemente los créditos fiscales, no pudo recaudar 73 mil 900 millones de pesos?

María Marván advirtió que el secreto fiscal no puede aplicarse a rajatabla en todos los casos y menos en estados de excepción. El secreto fiscal es una suerte de contraprestación a quienes cumplen con sus obligaciones tributarias. En este caso estamos en una situación donde claramente estas personas físicas o morales no han cumplido con sus obligaciones tributarias.

Por su lado, la titular del IFAI, Jacqueline Peschard, expresó su apoyo a la resolución de Trinidad, tras subrayar que toda persona moral o física que ha recibido algún beneficio económico del Estado debe ser claramente público.

Aunado a ello, puntualizó, este es un asunto de interés público conocer los nombres de quienes fueron beneficiados.