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SCJN niega amparo a Roberto Zermeño
 
Periódico La Jornada
Sábado 28 de noviembre de 2009, p. 10

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que sólo es procedente la libertad por desvanecimiento de pruebas para una persona sujeta a proceso penal cuando se compruebe que son incorrectos todos los datos que sirvieron para encausarla, y de esa manera negó un amparo a Roberto Zermeño Vargas, ex propietario del equipo de futbol León, quien lleva cuatro años en prisión acusado de defraudación fiscal.

La SCJN resolvió un recurso de revisión promovido por la defensa de Zermeño Vargas, quien buscó mediante un amparo que se modificara una determinación de un juez de distrito que le negó la libertad por desvanecimiento de pruebas.

De acuerdo con la resolución de la Corte, para otorgar ese amparo es necesario que aparezcan plenamente desvanecidos todos los datos que sirvieron de base para comprobar el cuerpo del delito.

Consideró que el desvanecimiento de un dato no equivale al desvanecimiento de un elemento del cuerpo del delito, toda vez que la norma impugnada, se dice en la sentencia, no está dirigida a los elementos normativos, sino a los datos; es decir, a los medios de prueba mediante los cuales se consideró que el cuerpo del delito se había configurado.

Apuntó que, en el caso concreto, el director general de delitos fiscales de la Procuraduría Fiscal de la Federación presentó una querella en contra del accionista mayoritario y administrador único del Club de Futbol León, SA de CV, por el delito de defraudación fiscal, al haberse detectado irregularidades en su declaración anual complementaria del ejercicio de 2001.