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Estar pendiente de comportamientos irregulares, recomienda The-CIU a la industria

Cofetel espera definición de atribuciones; inconformidad por nexo Osuna-Televisa

Señalan especialistas que la televisora solicitó a destiempo que se le renovara concesión de canal

 
Periódico La Jornada
Jueves 26 de noviembre de 2009, p. 27

La Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) está a la espera de conocer con precisión hasta dónde llegan sus atribuciones en materia de concesiones para radiodifusión, aseguró el comisionado presidente, Héctor Osuna Jaime, al destacar que lo que está claro hasta el momento es que las concesiones no podrán otorgarse de forma discrecional, sino por licitación, como determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Sin embargo, entre la industria y especialistas del sector, el ambiente es de incertidumbre e inconformidad por la presunta actuación del comisionado presidente, Héctor Osuna Jaime, a favor del Canal 46 de Cablevisión, empresa de Televisa.

Participantes en el sector señalaron que de comprobarse que Osuna Jaime intervino ante el pleno a favor de la televisora y su empresa Cablevisión, a la cual está adscrito el canal, debería promoverse un juicio de responsabilidad en contra del funcionario.

Por separado, el director de la consultoría The Competitive Intelligence Unit (The-CIU), Ernesto Piedras, advirtió que la industria debe estar muy pendiente de la actuación del órgano regulador, ya que cualquier comportamiento irregular por parte de quienes integran el pleno sería motivo de sanciones severas, incluso penales.

Aseguró que a pesar de todo, esta Cofetel es más autónoma que la anterior, la cual estaba capturada por la industria, el Ejecutivo y el Legislativo, y señaló que por eso el órgano regulador debe aplicar la ley a tiempo.

En tanto, el abogado de Grupo Salinas, Salvador Rocha Díaz, dijo que la decisión de la Suprema Corte de Justicia (SCJN) de devolverle a la Cofetel la facultad de decidir sobre concesiones a los radiodifusores fue acertada, ya que ningún reglamento puede estar por encima de la Constitución.

Al ser cuestionado sobre el desempeño de la Cofetel, dijo que es conocido por los participantes en el sector, y hay que distinguir entre actuaciones personales y colegiadas.

Destacó que ahora está pendiente que el Congreso emita una sola ley para los operadores de radiodifusión y telecomunicaciones y determine la existencia de un solo regulador, que deje todo en manos de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) o de la Cofetel.

De manera recurrente el diputado Javier Corral ha señalado que Héctor Osuna Jaime representa los intereses de Televisa en el órgano regulador. No obstante, en esta ocasión otros actores informaron que, además de las presuntas irregularidades en la concesión del canal, ahora se presentan nuevas, ya que Televisa habría solicitado a destiempo la renovación y Osuna estaría promoviendo que el pleno acepte la petición a cambio de que se le imponga una multa a la empresa.

Este caso salió a la luz unas horas después de que la SCJN anuló artículos del Reglamento Interno de la SCT y con ello devolverle a la Cofetel la facultad de ser el órgano encargado de otorgar, renovar o cancelar concesiones a la industria de la radio y la televisión.

Sobre la decisión de la Corte, Ernesto Piedras dijo que más allá del conflicto político que se observa entre la SCT, la Cofetel y los participantes en la industria, lo relevante es que por lo menos ahora los radiodifusores saben que sus casos serán tratados con la Cofetel, mientras los empresarios del sector telecomunicaciones seguirán padeciendo una doble ventanilla, ya que deben cubrir requisitos con la SCT y con la Cofetel, lo cual indica que hay una amplia agenda regulatoria pendiente.

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El presidente de la Cofetel Héctor Osuna JaimeFoto Cristina Rodríguez

En entrevista por separado, el abogado de Televisión Azteca, Salvador Rocha Díaz, dijo que con su decisión, la Corte corrigió excesos en los que incurrió el Ejecutivo al poner sobre la Ley Federal de Radio y Televisión y sobre la Ley Federal de Telecomunicaciones el Reglamento Interior de la SCT.

Ahora el debate, dijo, será sobre la aplicación oportuna de la regulación, sobre todo cuando la tecnología exige que telecomunicaciones y radiodifusión sean tratadas de igual manera.

Ambos personajes se reservaron opinar sobre el caso de Canal 46; sin embargo, otros especialistas explicaron que entre las presuntas irregularidades observadas destacan que la concesión fue otorgada a Cablevisión 13 días antes de concluir la administración de Ernesto Zedillo, pero el título de concesión se publicó en el Diario Oficial seis años después, el 10 de marzo de 2006, por lo que debería haber sido revocado.

Una más, detallaron, es que la concesión fue por 10 años, de tal forma la solicitud de renovación debió presentarse antes de que inicie la última quinta parte de su vigencia, como establece la Ley Federal de Telecomunicaciones, por lo que Cablevisión debió entregar la petición a la SCT antes de noviembre de 2008, pero no lo hizo, y ahora, presumiblemente, el comisionado presidente intervino por la empresa.

Especialistas señalaron que Cablevisión mantiene ociosa la concesión del Canal 46, lo que supone una violación más a la ley, pero aun así en febrero de 2008 la Cofetel emitió una opinión favorable para que la SCT autorizara a la empresa la realización de pruebas experimentales con las tecnologías DVBH, Media FLO y DMB, utilizando la frecuencia del Canal 46 UHF, lo cual sólo podría ser autorizado si se cumplían cuatro requisitos.

El primero consistía en que las pruebas experimentales fueran por tiempo determinado sin exceder dos años; garantizar que la calidad y continuidad de los servicios de telecomunicaciones que actualmente tiene concesionados no se vieran afectados; no aprovechar o explotar comercialmente por sí o a través de terceros los servicios experimentales, y presentar un reporte completo de las pruebas realizadas y los resultados obtenidos.

A decir de los inconformes, Cablevisión no cumplió con ninguno de los requisitos, por lo que pretende conservar ilegalmente el Canal 46, lo que contraviene el propio discurso de la SCT y de la Cofetel de que el espectro radioeléctrico se concesiona para que se aproveche, no para mantenerlo ocioso, criterio por el que se negaron refrendos a Multivisión y a Iusacell, señalaron.