Economía
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Notificación de la CFC al Senado

No beneficia en particular a nadie perrogativa del 244-E
 
Periódico La Jornada
Jueves 29 de octubre de 2009, p. 27

El presidente de la Comisión Federal de Competencia (CFC), Eduardo Pérez Mota, notificó al Senado de la República que en opinión de ese órgano regulador las prerrogativas consideradas en el artículo 244-E de la Ley Federal de Derechos, que libera de ese pago por tres años a nuevos concesionarios de telecomunicaciones, no resultan discriminatorias ni beneficiarían a ningún agente económico en particular.

La opinión de la CFC se emitió en medio de la polémica que han generado los beneficios incluidos en la Ley Federal de Derechos, debido a que empresas como Televisa y Nextel serían las principales interesadas en participar en el próximo proceso de licitación de frecuencias del espectro radioeléctrico, y no pagarían derechos durante tres años, so pretexto de las abultadas inversiones que deberían realizar en el desarrollo de infraestructura.

Por separado, el secretario de Hacienda, Agustín Carstens, defendió que las empresas que obtengan una licitación el próximo año para operar telefonía móvil estén exentas del pago, debido a que un dictamen técnico de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) valida que es pertinente permitir la transitoriedad en la aplicación de los derechos, en un inicio, dado el alto costo del despliegue de tecnología y el costo de los aparatos.

La opinión de la CFC dirigida al coordinador de la bancada panista en el Senado, Gustavo Enrique Madero, señala que la propuesta de establecer periodos de gracia para el pago de derechos por el uso y explotación de las bandas de 1700 y 2100 megahercios no generaría ventajas exclusivas para ningún agente económico en particular y, por tanto, no resulta discriminatoria.

De tal forma, según el criterio de la CFC la aplicación de los periodos de gracia se realizaría de manera general, y dependería únicamente de la fecha en que se otorgue la concesión correspondiente sin hacer ningún distingo del tipo de agente económico que la obtenga. Por ello, se considera que la minuta no tendría efectos negativos sobre el proceso de competencia y libre concurrencia.