Estados
Ver día anteriorSábado 20 de junio de 2009Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio

La reforma no vulnera derechos de la mujer, dice Rodríguez Junquera

Descarta el ombudsman guanajuatense presentar controversia por ley antiaborto
Corresponsal
Periódico La Jornada
Sábado 20 de junio de 2009, p. 27

León, Gto., 19 de junio. La reciente reforma constitucional que sitúa el inicio de la vida desde la concepción no vulnera los derechos de la mujer, por lo cual la Procuraduría de los Derechos Humanos de Guanajuato no promoverá una controversia constitucional como lo solicitaron organizaciones de mujeres en favor del aborto en caso de violación, informó el ombudsman Gustavo Rodríguez Junquera.

La reforma en Guanajuato consiste en ratificar el compromiso internacional del Estado mexicano de proteger el derecho a la vida desde la concepción, lo que se traduce en fortalecer el valor del respeto a la vida humana, argumentó.

El pasado 26 de mayo se publicó en el Periódico Oficial del gobierno del estado la modificación constitucional que garantiza la vida desde la concepción aprobada el pasado 8 de mayo por el Congreso de Guanajuato, en medio de protestas de mujeres.

Con ello, Guanajuato se sumó a las entidades de Baja California, Morelos, Chihuahua, Puebla, San Luis Potosí, Sonora y Quintana Roo, donde se considera que el embrión es una persona desde la fecundación.

En Guanajuato, el Centro las Libres y el Centro de Derechos Victoria Diez solicitaron al procurador de los Derechos Humanos, Rodríguez Junquera, que interponga una controversia constitucional contra la reforma que violenta el derecho a decidir de las mujeres y cierra la posibilidad de que el estado practique abortos en los casos de violación.

La reforma al artículo primero de la Constitución guana- juatense estipula que persona es todo ser humano desde su concepción hasta su muerte natural. El estado le garantizará el pleno goce y ejercicio de todos sus derechos.

Para las activistas, la nueva legislación es anticonstitucional porque se contrapone al artículo cuarto de la Carta Magna, el cual señala que los hombres y las mujeres son iguales y tienen derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.

No es necesario plantear la acción de inconstitucionalidad pues la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha señalado que el derecho a la vida no significa que sea absoluto y que no sea susceptible de ser balanceado con otros derechos o limitado en atención a ciertos intereses estatales, expuso Rodríguez Junquera.

Que un embrión sea considerado persona y sea protegido por el estado “no vulnera derechos humanos, toda vez que los derechos constitucionales, tanto para el concebido como para la mujer, no implican per se una eventual colisión de derechos”, argumentó el procurador de los derechos humanos de Guanajuato.

La reforma en la Constitución del estado no afecta las excluyentes de responsabilidad penal estipuladas en el Código Penal según el cual no es punible el aborto en caso de violación, aseguró el ombudsman.

El Código Penal del estado de Guanajuato no autoriza a una mujer a abortar; tampoco puede afirmarse que dicha reforma tenga los alcances para apremiar a la mujer a continuar un embarazo que por causas ajenas a su voluntad y derivado de una agresión sexual le fue impuesto, remató.