Sociedad y Justicia
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Evalúa la Corte ingresos de municipios
 
Periódico La Jornada
Martes 16 de junio de 2009, p. 40

El futuro de los ingresos que reciben los municipios del país por concepto de pago de agua potable se decidirá en gran medida en una discusión que comenzó ayer el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ya que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público busca evitar el pago por el líquido a un ayuntamiento de Nuevo León.

La dependencia federal afirma que el artículo 115 constitucional la exime de realizar pagos por agua potable y drenaje.

Al abrir la discusión, tres de los nueve ministros presentes (Guillermo I. Ortiz Mayagoitia y Mariano Azuela se excusaron de conocer del amparo) precisaron que la Carta Magna exenta a las dependencias federales, estatales y municipales de efectuar erogaciones por impuesto predial, más no por agua.

Los ministros Genaro Góngora Pimentel, José Ramón Cossío y Sergio Valls argumentaron, cada uno con matices, que no por tratarse de un inmueble público las dependencias tienen derecho a no pagar por el líquido.

Los municipios deben manejar libremente su hacienda para obtener la mayor cantidad de recursos, que son indispensables para su sostenimiento y mejorar las condiciones de vida de los ciudadanos, expresó Valls.

Fuente de recursos

En ese sentido, añadió, las cantidades que los ayuntamientos perciben por la prestación de servicios públicos a su cargo constituyen una de sus principales fuentes de captación de ingresos, por lo cual proponer que se conceda un amparo a la quejosa debilitaría la hacienda pública del municipio de Guadalupe, en Nuevo León.

Góngora Pimentel coincidió con el planteamiento de que las dependencias, en este caso el Servicio de Administración Tributaria en Guadalupe, deben pagar por el líquido, pero argumentó que se debe a que el servicio de prestación de éste es de índole estatal y no municipal, y por ende la Secretaría de Hacienda no puede reclamar exención alguna, porque la Constitución prevé esa posibilidad para los servicios que otorgan exclusivamente los ayuntamientos.

Por su parte, el ministro instructor, Sergio Aguirre Anguiano, votó por conceder el amparo a Hacienda, con el argumento de que el servicio referido es de potestad municipal y, por ende, la dependencia federal está exenta de dicho pago, como establece la Constitución.

Este martes continuará la discusión en el máximo tribunal.