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Había violaciones a garantías individuales, consideran legisladores; impugna SG el 8 y el 28

Cambió el Senado 55 de 70 artículos del proyecto original de la Ley de Extinción de Dominio
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El senador panista Alejandro González discute con su colega del PRI Jesús Murillo Karam (centro), después de que se intentó aplazar la discusión de la Ley de Extinción de Dominio en la sesión ordinaria del Senado; los acompañan los priístas Ricardo Pacheco, Rogelio Rueda y Francisco LabastidaFoto Marco Peláez
 
Periódico La Jornada
Viernes 3 de abril de 2009, p. 12

La discusión y el debate que en los últimos seis meses se ha dado en el Senado en torno a la Ley de Extinción de Dominio se centró en que la iniciativa del presidente Felipe Calderón contenía disposiciones que violan garantías individuales de terceros inocentes, y por ello en el dictamen aprobado finalmente ayer se formularon cambios a 55 de los 70 artículos de la propuesta del Ejecutivo.

Los dos artículos que el gobierno federal impugnó ayer, a través de la Secretaría de Gobernación (SG), son el 8 y el 28, donde se establecen candados para evitar que sean confiscados bienes de terceros, utilizados para cometer actos ilícitos, sin que éstos fueran corresponsables del delito, precisó el senador del PRD, Tomás Torres.

La fracción III del artículo 8 de esa ley, en la iniciativa de Calderón proponía que se perdiera el dominio, es decir, la propiedad de aquellos bienes que están siendo utilizados para la comisión del delito por un tercero, si su dueño tuvo conocimiento de ello y no lo notificó a la autoridad o hizo algo para impedirlo.

A propuesta del PRD, se cambió esa fracción por otra en la que se especifica que el gobierno podrá quedarse con el bien si se acredita que su dueño prestó auxilio o cooperación de cualquier especie para la comisión de tal delito u ocultó o favoreció el ocultamiento del indiciado. Se agregó que el Ministerio Público tendrá la responsabilidad de acreditar esa conducta, que no podrá fundarse sólo en la confesión de la persona a la que se pretende confiscar la propiedad.

El senador Torres precisó que no pretendieron escatimar herramientas al Ejecutivo para que pueda pegar en las finanzas a las bandas criminales, pero en forma alguna se podía aceptar que el ciudadano sea el que deba probar su inocencia, sino que corresponde al Ministerio Público probar su culpabilidad.

En cuanto al artículo 28, se modificó para introducir un incidente de buena fe, a fin de que terceros inocentes, que no tienen que ver con el delito, logren que un juez les devuelva sus bienes, en un lapso de 10 días. Es el caso de un taxista que transporta a delincuentes sin saber que lo son, pero después le pretenden decomisar la unidad.

El presidente de la Comisión de Justicia, Alejandro González Alcocer, argumentó en tribuna que el cambio propiciará abusos, pero consideró que deben felicitarse porque la ley salió por consenso.