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La inconformidad tributaria detonó las revoluciones del siglo XVIII, argumenta en iniciativa

Juicios por Internet para acelerar litigios fiscales, plantea Calderón

Recibió la Cámara propuestas para reformar leyes orgánica del tribunal de justicia en la materia y de Procedimiento Contencioso Administrativo

De 2000 a 2007 las demandas pasaron de 37 mil a 118 mil

 
Periódico La Jornada
Domingo 29 de marzo de 2009, p. 3

La Cámara de Diputados recibió del Ejecutivo federal la iniciativa de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las leyes Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, con objeto de asimilar el adelanto tecnológico que provee Internet para instituir el juicio virtual en materia fiscal.

En la exposición de motivos, el texto signado por Felipe Calderón Hinojosa refiere que la historia nos ha demostrado que las seis revoluciones del siglo XVIII, en Inglaterra, Francia, los Países Bajos, España, Portugal y Nápoles, tuvieron como detonador la inconformidad social generada por la recaudación injusta de impuestos, debido a que no existió una instancia a la que los inconformes pudieran recurrir en demanda de justicia.

El número de juicios ingresados al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa se ha ido incrementando a partir de 2000, junto con la ampliación de su competencia, por lo que, de un inventario de 37 mil 511 expedientes con que contaba, se llegó a poco más de 118 mil en 2007, lo cual propicia retraso en su resolución, pues cada uno requiere 355 días hábiles en promedio.

Opción moderna y segura

Se ha pensado en una opción moderna, posible, eficiente y segura, que implica el uso de medios electrónicos, como tramitar el juicio en línea aprovechando la informática, que constituye un fenómeno con gran influencia prácticamente en todas las áreas del conocimiento humano, indica el documento.

Esto permitirá –señala la iniciativa– cumplir la obligación de impartir justicia pronta y expedita, dado que los avances tecnológicos posibilitan que el uso de las computadoras cada día sea más común entre la población, y su manejo ya es parte de la enseñanza en el país; incluso, la Secretaría de Educación Pública está implantando, dentro de las escuelas públicas, el uso de los medios informáticos.

En ese sentido, se propone adicionar a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso y Administrativo el apartado Del juicio en línea, a fin de regular de manera específica la tramitación y resolución del proceso contencioso administrativo federal en los medios electrónicos. Independientemente de las particularidades que se incorporan en el referido capítulo, le serán aplicables todas las disposiciones de la propia ley, pues jurídicamente se trata de un mismo juicio, del que varían únicamente algunos aspectos formales en su tramitación.

Por tanto, los plazos, trámites y requisitos que no se establezcan de manera diversa en el capítulo propuesto serán aplicables; asimismo, las figuras jurídicas reguladas en la ley, la excusa, recusación, improce- dencia, sobreseimiento, los incidentes y recursos seguirán siendo los mismos en el juicio en línea.

La propuesta asienta que, utilizando los dispositivos electrónicos y sistemas computacionales, la integración y consulta de los expedientes que se formen con la tramitación de los juicios entre el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa se realicen por Internet.

De ahí la denominación que se propone de juicio en línea, toda vez que en informática se dice que algo está en línea si está conectado a una red o sistema (que es, implícitamente, la línea) y, en lenguaje coloquial, la mayor red en cuestión es normalmente Internet, por lo que en línea describe información que es accesible a través de Internet.

Para sustanciar dicho proceso, en el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa se establecerá un sistema de justicia en línea que deberá garantizar la inalterabilidad, autenticidad, durabilidad y seguridad de todos los documentos, promociones y actuaciones que se ingresen en el mismo y que conformen los expedientes, que serán electrónicos.

En la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el Ejecutivo federal establece que con el propósito de imponer control y vigilancia adecuados en la operación y uso del proceso en línea, se otorga a la Junta de Gobierno y Administración la facultad de verificar su correcto funcionamiento, facultad que tendrán también a nivel de sala los presidentes de cada una de ellas.

En tanto, a los magistrados instructores se les da atribución de verificar la correcta integración de los expedientes electrónicos, lo que implica su responsabilidad al respecto.