Política
Ver día anteriorMartes 17 de febrero de 2009Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio

Se trata de un increíble caso de autocensura del pleno, expresa

El ministro jubilado Castro y Castro critica el fallo de la Corte sobre Atenco
 
Periódico La Jornada
Martes 17 de febrero de 2009, p. 12

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se autocensuró en su resolución sobre el caso San Salvador Atenco, lo cual resulta increíble, ya que mediante un acuerdo general previo, los ministros resolvieron que al investigar la violación grave de garantías el pleno no puede mencionar por nombre, y mucho menos, evaluar el grado de responsabilidad de los funcionarios involucrados.

Señaló lo anterior el ministro jubilado Juventino V. Castro y Castro, quien reprochó a los ministros: No entiendo cómo es posible que el gran intérprete de la Constitución (la Corte), no afronte y aplique el espíritu de la disposición atribuible al constituyente de 1917. Porque los ministros observaron la cojera manifiesta de la Constitución y no le dan sentido jurídico a la disposición constitucional que es omisa.

Censuró la postura del pleno al apuntar que, si yo (ciudadano común y corriente) presencio o me entero de la comisión de un delito y aprecio sus circunstancias, tengo el deber no sólo moral, sino legal de denunciarlo, para actuar así en bien de la sociedad, y en obvio de responsabilidades personales.

Ello porque la ley no admite que se observe con indiferencia una conducta antisocial sin que reaccione el ciudadano para pedir su castigo. Entonces, cómo es que, la autoridad que investigó por atribución directa de la Constitución no se indigne por la injusticia, subrayó.

Y si eso resulta obligatorio para las personas en lo individual, no entiendo cómo la cabeza de un poder público no cumple con su obligación, enfatizó.

Agregó que existe una cadena de errores, relacionados con la facultad constitucional (artículo 97) que tiene el máximo tribunal de investigar la violación grave de garantías individuales, ya que por un error increíble, la Constitución no le indica a la Corte qué hacer con su investigación, “ni mucho menos sancionar a los responsables.

En su reflexión, Castro concluye que el vacío constitucional provoca que, cuando el pleno encuentra que sí se violaron gravemente las garantías y lo hace saber a las autoridades que solicitaron la información, resulta que esa resolución se añade únicamente a las estadísticas, y finalmente se archiva.