Usted está aquí: viernes 5 de diciembre de 2008 Política Amplían 40 días arraigo a Bayardo del Villar

■ Es acusado de cobijar al cártel de Sinaloa

Amplían 40 días arraigo a Bayardo del Villar

Gustavo Castillo García

El juzgado séptimo de distrito en materia penal con sede en la ciudad de México autorizó que la Procuraduría General de la República (PGR) mantenga otros 40 días arraigado a Édgar Enrique Bayardo del Villar, ex comandante de la Policía Federal Preventiva (PFP), a quien se imputa recibir dinero de miembros del cártel de Sinaloa a cambio de protección.

Bayardo del Villar fue puesto a disposición de la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada el pasado 20 de octubre y es investigado por delincuencia organizada, concretamente con el grupo de los hermanos Jesús e Ismael Zambada García, líderes del cártel de Sinaloa.

En ese contexto, la PGR indicó que el Ministerio Público Federal obtuvo del juzgado séptimo de distrito, dentro del expediente 36/2008, la ampliación del arraigo por 40 días contra Bayardo del Villar.

Según la dependencia, el juzgado determinó otorgar la ampliación de la medida cautelar para asegurar la presencia del indiciado durante la investigación en su contra por su probable responsabilidad en la comisión de los delitos de delincuencia organizada, al presumir que brindaba protección e informaba de movimientos policiales a la organización criminal de Jesús El Rey Zambada, aprovechando su cargo de inspector adscrito a la sección tercera de la PFP.

De acuerdo con la información dada a conocer por la PGR, “desde esa posición se encargaba de suministrar los elementos de custodia a mandos y funcionarios de la Secretaría de Seguridad Pública.

“Es importante mencionar que la autoridad judicial, a petición del Ministerio Público y tratándose de delitos graves, podrá decretar el arraigo o la ampliación del mismo contra una persona con las modalidades de lugar y tiempo que el juez acuerde, sin que pueda exceder de 80 días, siempre que sea necesario para la investigación, la protección de las personas o bienes jurídicos o cuando exista riesgo fundado de que el inculpado se sustraiga a la acción de la justicia.”

 
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