Usted está aquí: viernes 30 de mayo de 2008 Mundo Condenan a 780 años de prisión a cinco ex paramilitares por matanza de 177 indígenas

■ “Se hizo justicia”, afirma familiar de una de las víctimas de la dictadura en Guatemala

Condenan a 780 años de prisión a cinco ex paramilitares por matanza de 177 indígenas

Afp

Ciudad de Guatemala, 29 de mayo. Cinco ex paramilitares guatemaltecos fueron condenados a 780 años de prisión por la matanza de 177 indígenas en la comunidad de Río Negro, al norte del país, perpetrada en 1982 durante una sangrienta guerra civil (1960-1996).

El Tribunal de Sentencia de Salamá, unos 180 kilómetros al norte de la capital, emitió el fallo el pasado miércoles al encontrar culpables a los ex miembros de las paramilitares Patrullas de Autodefensa Civil, mientras que absolvió a otro de los acusados.

Los ex aliados del ejército fueron condenados a 780 años de prisión por la muerte de 26 personas, aunque fueron asesinados en total 177 mujeres y niños. Sin embargo, los condenados pasarán en prisión sólo 30 años, pues el tribunal aplicó la ley vigente en 1969, que establecía que esa era la pena máxima por el delito de asesinato.

Los condenados son Macario Alvarado Toj, Francisco Alvarado Lajú, Tomás Alvarado, Pablo Ruiz Alvarado, Lucas Lajú Alvarado, todos de la misma aldea, mientras que Bonifacio Cuxum Lajú fue absuelto al no ser señalado por ninguno de los testigos.

El tribunal también ordenó la captura del capitán del ejército José Antonio Solares González, quien está prófugo de la justicia, y de los ex paramilitares Ambrosio Pérez Lajú y Domingo Chen.

“Éste es un resultado satisfactorio, después de que nos encontramos en tantas batallas legales”, comentó la fiscal del caso, Rosa Salazar. “Se hizo justicia, aunque sabemos que ésto no nos va a devolver a nuestros seres queridos”, comentó uno de los querellantes, Juan de Dios García.

El proceso por la masacre de Río Negro, perpetrada el 13 de marzo de 1982, en pleno golpe de Estado del ex dictador Efraín Ríos Montt, se inició hace 15 años.

 
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