Usted está aquí: martes 22 de abril de 2008 Política La ASF no podrá evaluar programas del Poder Judicial

■ Sólo le darán información de la cuenta pública

La ASF no podrá evaluar programas del Poder Judicial

Jesús Aranda

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la Auditoría Superior de la Federación (ASF) no tiene facultades para revisar los elementos que integran la “carrera judicial” y que, en todo caso, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) está en su derecho de entregar o negar la información que le solicite el órgano superior de fiscalización.

Después de varios meses de que el CJF le solicitó su opinión a la Corte respecto de la petición de información que le hizo la ASF para evaluar el programa que tiene que ver con los criterios de selección, nombramientos, ratificaciones, exámenes de oposición y otros elementos que conforman la “carrera judicial”, los ministros argumentaron que dada su autonomía e independencia, el consejo es el que decide qué documentación entrega, pero siempre y cuando esté vinculada “al ejercicio de gestión financiera de la cuenta pública”.

Cabe destacar que esta decisión tiene lugar en el contexto de una intensa discusión que hay al interior del Poder Judicial de la Federación en torno al fracaso de la carrera judicial en los 13 años recientes, ya que el CJF no ha sido capaz de delinear el perfil que deben cumplir los juzgadores. Esto llevó incluso a la creación de una comisión conjunta de ministros y consejeros para establecer en definitiva los lineamientos de los concursos de oposición para el cargo de jueces y magistrados, que son precisamente la base de la carrera judicial.

 
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