Usted está aquí: domingo 20 de abril de 2008 Política Propondrá el PRI fortalecer el Legislativo

Propondrá el PRI fortalecer el Legislativo

Roberto Garduño

La fracción del PRI en la Cámara de Diputados presentará una iniciativa de reforma constitucional para el fortalecimiento del Poder Legislativo, con la cual busca dar atribuciones al Congreso para participar en la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo y, sobre la base del mismo, procederá a demandar la rendición de cuentas al gobierno en turno.

La iniciativa establece la base constitucional para el régimen de incompatibilidades, cuya esencia radicará en que los diputados y senadores no podrán desempeñar ninguna otra comisión o empleo en el gobierno, en las administraciones estatales o en los municipios. Tampoco podrán percibir beneficios, ingresos, concesiones, prestaciones o emolumentos que sean incompatibles con el ejercicio de sus funciones.

De aprobarse la iniciativa, se ampliaría el segundo periodo ordinario de sesiones, para empezar el primero de marzo y concluir el 15 de junio, con lo cual se igualaría en duración con el primero, que en la actualidad va del primero de septiembre al 15 de diciembre.

A cuentas, presidente y gabinete

Con tal propuesta, el Senado o la Cámara de Diputados podrán convocar al presidente de la República a que responda a interpelaciones o preguntas y, para efectos informativos, también podrá llamar a particulares cuando se trate de que aporten información importante para el Congreso.

Se introduce la figura de la pregunta parlamentaria vinculante, por medio de la cual se requiere –por escrito– al Ejecutivo y a titulares de entidades oficiales en un término no mayor de 15 días naturales a partir de su formulación. De igual forma, se obliga a que la información que proporcionen sea bajo protesta de decir verdad.

También se aclara que si el Ejecutivo tiene facultad de rechazar en todo o en parte el Presupuesto de Egresos de la Federación aprobado por los diputados, deberá ejercer su facultad en un plazo no mayor de 10 días luego de su aceptación legislativa, y si fuera el caso, se ejercerán las partidas del ejercicio anterior. El cambio propuesto al artículo 88 constitucional define que el presidente de la República podrá ausentarse del país hasta por siete días, informando previamente al Congreso o a la Comisión Permanente, así como de los resultados de las gestiones realizadas en sus viajes. En ausencias mayores a siete días, se requerirá permiso de dichas instancias.

Asimismo, pretende una importante adición al artículo 89 constitucional: designar, con ratificación del Senado, al secretario de Relaciones Exteriores y al procurador general de la República, entre otros.

 
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