El juez determinará el domingo si dicta formal prisión o lo deja en libertad
Echeverría rendirá hoy declaración preparatoria por el delito de genocidio
El ex presidente Luis Echeverría Alvarez rendirá la tarde de este miércoles, en la sala de su residencia ubicada al sur del Distrito Federal, su declaración preparatoria por escrito respecto de la acusación por genocidio que hizo la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp), por la matanza del 2 de octubre de 1968 en Tlatelolco.
La diligencia se efectuará ante la presencia del juez federal Ranulfo Castillo Mendoza, de los abogados Juan Velásquez y Heraclio Bonilla, defensores de Echeverría, de agentes del Ministerio Público federal y funcionarios de la Femospp.
En su declaración, el inculpado rechazará los cargos y expondrá los argumentos de defensa de sus abogados que van encaminados a demostrar que en México nunca ocurrió un acto de genocidio. "Niego terminantemente haber cometido el delito inexistente de genocidio", declarará por escrito Echeverría a sugerencia de sus defensores.
En lo que será un hecho inédito en la historia jurídica de nuestro país, pues se trata de la primera ocasión en que un ex presidente de la República comparecerá ante un juez en calidad de indiciado por un delito de lesa humanidad, y la primera vez que se juzga a una persona por genocidio; hoy, a las 16 horas, funcionarios de la Femospp y personal del juzgado 15 de distrito del Reclusorio Sur acudirán a la casa de Echeverría para informarle de los cargos en su contra.
El abogado Juan Velásquez informó, en entrevista, que la diligencia será breve debido a que su defendido declarará por escrito y se dará por enterado de la acusación, sin necesidad de que el juez lea el expediente de la causa, integrado por más de 36 tomos.
Agregó que pedirá la duplicación del plazo constitucional para que sea la noche del próximo domingo cuando se resuelva la situación jurídica del ex presidente, ya sea con auto de formal prisión o de libertad.
La Agencia Federal de Investigación (AFI) notificó la noche del lunes (a las 21 horas) al juez Castillo Mendoza que el ex presidente de México, de 1970 a 1976, estaba detenido y a su disposición en el interior de su residencia ubicada en la colonia San Jerónimo Lídice.
Desde el momento de la notificación de la AFI comenzó a correr el término constitucional de 72 horas para determinar la situación jurídica de Echeverría, periodo que vence el próximo jueves; sin embargo, como los defensores pedirán la duplicación del mismo, el juez contará con otros tres días para estudiar el pliego de consignación de la Femospp y las pruebas de descargo que aporte la defensa del indiciado.
La declaración preparatoria del ex mandatario estará basada en los argumentos de defensa que presentarán sus abogados al juez de la causa. Los defensores aseguran que "en México nunca ha existido genocidio, en virtud de que ninguna prueba hay de que con el propósito de destruir total o parcialmente a uno o más grupos nacionales o de carácter étnico, racial o religioso se hubiesen perpetrado, por cualquier medio, delitos contra la vida de sus miembros.
"Y en el supuesto de que sí las hubiese, no hay pruebas que demuestren la probable responsabilidad (de Echeverría); además, la acción penal para la persecución del supuesto genocidio se habría extinguido por prescripción."
El año pasado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció -al revisar el caso de la matanza del 10 de junio de 1971- que en el caso de Echeverría los plazos de prescripción debían correr a partir de que terminó su periodo en la Presidencia, en noviembre de 1976.
Por eso, los abogados del ex presidente argumentan que "el 2 de octubre de 1968, el supuesto genocidio se habría consumado instantáneamente, y a partir de esa fecha la prescripción de 30 años habría comenzado a correr.
"Ese plazo se habría interrumpido mientras el inculpado se desempeñó como servidor público: del 2 de octubre de 1968 al 22 de octubre de 1969, como secretario de Gobernación (porque luego renunció), del 1º de diciembre de 1970 al 30 de noviembre de 1976, como Presidente de México. Así, del 22 de octubre de 1969 al 30 de noviembre de 1970, cuando dejó el servicio público, la prescripción corrió. De esta forma, al tiempo normal de la prescripción habría que restarle el año y 20 días, y sumarle los siete años, un mes y nueve días de su desempeño público (como secretario y presidente). De esa operación aritmética resultaría que el 10 de noviembre de 2005 la prescripción (del delito de genocidio) habría operado".