Usted está aquí: miércoles 3 de mayo de 2006 Economía Lanza la comisión de competencia un Programa de inmunidad para empresarios

Se dirige a quienes hayan incurrido en prácticas monopólicas pero revelen nombres

Lanza la comisión de competencia un Programa de inmunidad para empresarios

Se busca detectar y sancionar actividades como la fijación de precios, la restricción de la producción, el reparto del mercado o el acuerdo de posturas en licitaciones

MIRIAM POSADA GARCIA

Ampliar la imagen Eduardo Pérez Motta, presidente de la Comisión Federal de Competencia Foto: Cuartoscuro

Con las reformas legales recién aprobadas, la Comisión Federal de Competencia podrá poner en marcha su Programa de inmunidad, dirigido a los empresarios que hayan incurrido en prácticas monopólicas absolutas, pero que decidan revelar el nombre de las empresas y empresarios involucrados.

''Con este programa, las empresas que decidan cooperar con la Comisión al aportar información podrían reducir su sanción hasta el monto de un salario mínimo'', señaló el organismo.

Con esta herramienta busca ''mejorar la capacidad para detectar y sancionar la realización de prácticas monopólicas'', que abarcan actividades como la fijación de precios, restringir la cantidad de producción, el reparto del mercado o acordar posturas en licitaciones.

El fundamento legal del Programa de inmunidad se encuentra, puntualizó el organismo, en las atribuciones que le confiere la Ley Federal de Competencia Económica y el Reglamento Interior de la Comisión, en los artículos 28 y 22 respectivamente.

Podrá acogerse a la política de inmunidad a un agente económico que haya incurrido o mantenga una práctica monopólica absoluta, ''la confiese, aporte elementos relevantes sobre la conducta y coopere con la Comisión en el desarrollo y desahogo de la investigación, así como del procedimiento seguido en forma de juicio, aportando todos los elementos de convicción a su alcance''.

La Comisión considera dos secciones con reglas específicas. En la sección A establece el beneficio de la imposición de una multa equivalente a un salario mínimo general vigente para el Distrito Federal si el agente económico involucrado es el primero en aportar elementos de convicción auténticos y relevantes, entre otras condicionantes.

Mientras, en la sección B se establece el beneficio de la reducción del importe de las multas a los agentes económicos que aporten elementos de convicción auténticos y relevantes que coadyuven en la comprobación de la práctica monopólica absoluta, pero que lo hagan cuando la Comisión haya publicado en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo de inicio de investigación, pero no haya emitido el oficio de presunta responsabilidad.

Asimismo, es condición que el agente económico confiese la comisión de la práctica y coopere en forma plena y continua con la Comisión ''en la sustanciación'' de la investigación y en el procedimiento seguido en forma de juicio.

También debe terminar su participación en la práctica violatoria de la ley a más tardar en el momento de aportar los elementos de convicción, o bien continuarla pero con aprobación de la Comisión, si ésta lo considera conveniente.

El nivel de reducción del que se beneficiará el agente económico que pretenda la inmunidad será de 20 a 75 por ciento, considerando la multa máxima de 375 mil veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal.

La Comisión garantizará la confidencialidad a quienes busquen acogerse a este Programa de inmunidad, y aseguró que toda la información se usará sólo para integrar la investigación y el desahogo de la etapa del procedimiento seguido en forma de juicio en cumplimiento de la Ley Federal de Competencia Económica

 
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