Usted está aquí: jueves 16 de febrero de 2006 Política Artículo 97 constitucional

Artículo 97 constitucional

Ampliar la imagen La periodista Lydia Cacho Foto: Marco Peláez

"...La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá nombrar alguno o algunos de sus miembros o algún juez de distrito o magistrado de circuito, o designar uno o varios comisionados especiales, cuando así lo juzgue conveniente o lo pidiere el Ejecutivo federal o alguna de las cámaras del Congreso de la Unión, o el gobernador de un estado, únicamente para que averigüe algún hecho o hechos que constituyan una grave violación de alguna garantía individual... Los resultados de la averiguación se harán llegar oportunamente a los órganos correspondientes."

La última vez que la Corte investigó una trasgresión grave a las garantías individuales fue en el caso de la matanza de Aguas Blancas, ocurrida el 28 de junio de 1995, la cual concluyó con que efectivamente hubo tal violación, aunque al turnar el caso al Ejecutivo federal -que fue el que pidió la intervención- se le dio carpetazo al asunto, pese a que se demostró la responsabilidad del entonces gobernador Rubén Figueroa.

 
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