Héctor Gálvez demanda ser restituido en el cargo y el pago de salarios caídos
Emite la Corte fallo que favorece a magistrado acusado de acoso sexual
Está demostrado que el inculpado realizó "insinuaciones sexuales indeseables"
La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó ayer la demanda interpuesta por el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) con la que pretendía evitar que el máximo tribunal revisara el recurso de revisión administrativa presentado por el magistrado de circuito, Héctor Gálvez Tánchez, quien impugnó la sentencia por la que fue suspendido un año en sus funciones sin goce de sueldo por haber acosado sexualmente a tres de sus subordinadas.
Por unanimidad, los cinco ministros que integran la sala rechazaron el recurso de reclamación presentado por el consejero de la Judicatura Federal, Adolfo O. Aragón Mendía, en el que se inconformó porque la Corte admitió en noviembre pasado el recurso de Gálvez Tánchez en el que reclama no sólo la suspensión dictaminada en octubre pasado, sino también el pago de salarios caídos a partir de marzo de 2003 hasta la fecha, cifra que superaría los 4 millones de pesos.
No conforme con la resolución de la Suprema Corte -de octubre pasado-, de considerar que el "acoso sexual" no es falta suficiente para destituirlo del cargo, el magistrado presentó el recurso referido, en el que además exige que el tiempo que lleva separado del cargo sea tomado en cuenta como parte de la suspensión administrativa ordenada en su contra, a efecto de que reasuma sus funciones lo antes posible.
El 18 de agosto pasado, en votación dividida, la Corte resolvió en sesión privada anular la decisión del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) del 20 de marzo de 2003, mediante la cual fue destituido del cargo de magistrado federal Gálvez Tánchez, pese a que en el expediente quedó demostrado que el funcionario judicial incurrió en conductas tales como: "insinuaciones sexuales indeseables", "requerimientos con matices sexuales", como solicitar a una de ellas que vistiera minifaldas porque "así le gustaba verla", o invitarlas a salir bajo amenaza de que de no aceptar las despediría, así como "conductas de naturaleza sexual", como abrazarlas y besarlas sin su consentimiento.
La mayoría de ministros también ignoró que el Consejo de la Judicatura Federal en su dictamen había señalado "las faltas en que incurrió el servidor público denunciado son de gran gravedad y trascendencia, que perjudica no sólo la imagen del Poder Judicial de la Federación, sino que además deteriora la función jurisdiccional", porque el aún juzgador faltó "al profesionalismo y a la excelencia propios de su actuación, al no cumplir de manera ejemplar sus deberes, y por actuar de manera irrespetuosa, indecorosa, falta de sencillez y honestidad".