Usted está aquí: viernes 18 de noviembre de 2005 Política Ratifica el TEPJF multa a Convergencia

Ratifica el TEPJF multa a Convergencia

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó ayer la multa por 32.5 millones de pesos que en su momento aplicó el Instituto Federal Electoral (IFE) a Convergencia por diversas irregularidades en sus manejos financieros. Durante la sesión, desestimó todos los alegatos que presentó ese partido y confirmó que éste incurrió en 90 conductas ilícitas que justificaron la sanción a que se hizo acreedor.

Entre los argumentos desechados por los magistrados destacan los vertidos en favor de la plena legalidad de los sorteos La naranja millonaria, La naranja ganadora, Llena tu marranito, Gana a las carreras, Lanza la moneda y Convergencia 2004. El TEPJF confirmó que efectivamente hubo inconsistencias, como no ingresar a sus cuentas bancarias los recursos obtenidos por la venta de boletos y no reportarlos en el rubro de cuentas por cobrar. Las pruebas ofrecidas por el partido de que sí reportó tales ingresos como cuentas por cobrar no acreditan esa afirmación.

De igual forma, no se reportó el importe de 60 boletos y, además, posteriormente se ofreció un reporte donde se incorporaron 14 boletos cuyo folio no concordaba con el resto. Otra de las argumentaciones de Convergencia es que no estaban obligados a conservar fichas de depósito por diferentes cantidades referentes a los sorteos, situación que se consideró infundada en razón de que los partidos sí están obligados a presentar la documentación que acredite el origen y destino de todos los movimientos, además de que la Comisión de Fiscalización está facultada para solicitarla en todo momento.

Otra de las sanciones ratificadas fue por el hecho de que no fue reportada ni acreditada la transferencia que hizo el Comité Ejecutivo Nacional de Convergencia al comité veracruzano para financiar la campaña a gobernador de Dante Delgado -al mismo tiempo presidente nacional del partido-, por lo que efectivamente hay un egreso no reportado.

Entre los numerosos agravios que argumentó Convergencia, que el TEPJF consideró infundados o desestimados, están el alegato de que los funcionarios comisionados para la revisión documental del informe anual no eran los que en realidad hicieron esa tarea; que el IFE no consideró atenuantes en algunas irregularidades, como es el caso de que no se acreditaron los pagos de los premios de los diversos sorteos realizados, y que las penas por esto fueron desproporcionadas.

Los magistrados establecieron que el hecho de que los recursos de los sorteos que ingresan al partido, por no provenir del erario, no puede servir de base para aminorar la responsabilidad y la sanción. Por otra parte, resulta inoperante la inconformidad sobre lo desproporcionado de la sanción con la capacidad del sujeto sancionado.

Alonso Urrutia

 
Compartir la nota:

Puede compartir la nota con otros lectores usando los servicios de del.icio.us, Fresqui y menéame, o puede conocer si existe algún blog que esté haciendo referencia a la misma a través de Technorati.