Usted está aquí: miércoles 12 de octubre de 2005 Política Apremia juez a Readaptación Social a informar sobre peligrosidad de El Chapito

Busca determinar si Guzmán Salazar pueder ser enviado al Reclusorio Norte

Apremia juez a Readaptación Social a informar sobre peligrosidad de El Chapito

ALFREDO MENDEZ ORTIZ

Un juez federal con sede en la ciudad de México puso un ultimátum a la Dirección General de Prevención y Readaptación Social, dependiente de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) federal, para que remita informes sobre la supuesta peligrosidad de Archivaldo Iván Guzmán Salazar, El Chapito, con el propósito de que pueda determinar si el hijo del presunto narcotraficante Joaquín El Chapo Guzmán Loera puede ser traslado del penal federal de La Palma, ubicado en el estado de México, al Reclusorio preventivo Norte.

Es la tercera ocasión que el juzgado primero de distrito requiere dicho informe a la dependencia federal, sólo que ahora la autoridad responsable de administrar y vigilar las cárceles federales fue apercibida con una posible multa hasta de 10 salarios mínimos si no cumple con la solicitud judicial.

De acuerdo con una fuente judicial, José Reynoso Castillo, titular del juzgado primero de distrito en materia penal del Reclusorio Norte, desde agosto pasado está a la espera de un informe de peritos médicos oficiales. La dependencia federal debe efectuar diversos exámenes periciales para determinar la personalidad y el perfil criminológico que presenta El Chapito.

Como la autoridad no ha cumplido el mandato judicial desde hace más de dos meses, el juzgador envió la advertencia previa a la aplicación de una multa.

En caso de que los exámenes que efectúa la institución federal determinen que El Chapito no es persona de alta peligrosidad, será trasladado -después de uno o dos días de trámites judiciales- de La Palma, donde está detenido desde el pasado 19 de julio, al Reclusorio Norte, ya que en este centro penitenciario se encuentra radicada la causa penal que se le sigue por lavado de dinero.

"Ayer enviamos un tercer oficio recordatorio a las autoridades de Prevención y Readaptación y, en caso de que se le declare reo no peligroso, lo procedente es que se le traslade al reclusorio capitalino, no por privilegio, sino porque así lo establece el artículo 12 del Reglamento de los Centros Federales de Readaptación Social", puntualizó la fuente consultada.

El artículo 12 de dicho reglamento ordena que cualquier indiciado sólo podrá ser ingresado a un penal federal cuando "de conformidad con el estudio de personalidad que le practique la Dirección General de Prevención y Readaptación Social, no manifieste signos o síntomas sicóticos, y además reúna las características de perfil establecidas en el Instructivo para el manejo de datos del perfil clínico-criminológico del interno, para este tipo de centros carcelarios".

La defensa legal del inculpado pretende demostrar que la Procuraduría General de la República (PGR) se excedió al internar en La Palma a El Chapito, bajo el argumento de que es un reo de máxima peligrosidad porque su padre es un narcotraficante con capacidad de rescatar a su hijo mediante un comando armado.

 
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