Usted está aquí: miércoles 12 de octubre de 2005 Política Magistrados regionales del TEPJF deben percibir salario ininterrumpido: la Corte

Ministros evitan hablar sobre la devolución de recursos, por ser "cuestión ética"

Magistrados regionales del TEPJF deben percibir salario ininterrumpido: la Corte

Falta definir la labor de esos funcionarios durante los periodos no electorales

JESUS ARANDA

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó ayer que los magistrados regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se mantengan en sus cargos y perciban sueldos de manera ininterrumpida durante ocho años, a partir del 8 de marzo pasado, cuando fueron designados por el Senado de la República.

Sin embargo, los ministros evitaron pronunciarse sobre la posible devolución de los salarios devengados por los magistrados durante este periodo, "por ser cuestión de ética", las funciones que realizarán durante los dos años que cobrarán pero estarán de receso por no haber comicios federales, y su incorporación a la carrera judicial.

Por su parte, el ministro presidente de la SCJN, Mariano Azuela Güitrón, señaló que la controversia que presentaron los magistrados electorales regionales para que les definieran su situación laboral es producto del diseño "sumamente confuso y complejo" de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

En este contexto, aseveró que correspondía al máximo tribunal "interpretar" lo que establecen la Constitución y la citada ley orgánica en torno de la actuación de los magistrados de las cinco salas regionales que componen el TEPJF.

Momentos antes de que se realizara la votación, en la que por siete contra tres se aprobó el proyecto de resolución elaborado por el ministro José de Jesús Gudiño Pelayo, Azuela precisó que será la Comisión de Administración del TEPJF, presidida por el magistrado presidente Leonel Castillo, la que se encargará de dar seguimiento a la resolución del pleno mediante un reglamento en el que se precisen las facultades y obligaciones de los magistrados comiciales.

Azuela, quien a diferencia de otras sesiones apresuró las cosas para que se procediera a la votación del asunto, estableció también que en el documento final de este asunto -que elaborará él, debido a la ausencia de Gudiño en la sesión pública- quedará establecido que el Consejo de la Judicatura Federal será el que en su momento determinará si los magistrados electorales forman parte de la carrera judicial federal.

Después que los magistrados regionales recurrieron ante la Corte, ante la negativa de la Comisión de Administración -que al momento de la queja era presidida por Eloy Fuentes Cerda- de atenderlos, la mayoría del pleno resolvió que el nombramiento de los demandantes es ininterrumpido y, por tanto, su sueldo también.

En este contexto, indicaron que precisamente la seguridad económica constituye un aspecto fundamental para garantizar la autonomía e independencia de los juzgadores.

Por lo que respecta a los sueldos que cobraron los magistrados, el ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano había planteado que devolvieran el dinero devengado a las instituciones en que trabajaron estos seis meses. Azuela dijo que ese asunto no formaba parte de la demanda planteada y que, en todo caso, la eventual devolución de dichos recursos era "cuestión de ética" que tendría que resolver cada magistrado regional.

Pese a que la resolución fue adoptada por amplia mayoría -con el voto en contra de Genaro Góngora Pimentel, José Ramón Cossío y Juan N. Silva Meza-, en el ambiente quedó la duda expresada por gran parte de los ministros sobre la necesidad de delimitar las funciones de los magistrados regionales durante los dos años en que no hay procesos electorales -por cada año comicial hay dos de receso-, para que no quede la impresión de que recibirán un salario sin haberlo devengado.

Cabe señalar que la primer generación de magistrados regionales laboró en la indefinición legal, porque su sueldo se los reducía la Comisión de Administración, de manera unilateral, en tiempos de recesos electorales.

 
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