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México D.F. Jueves 25 de noviembre de 2004

Se declara incompetente en la acusación contra la embajadora española Cristina Barrios

Desestima la CNDH violación a los derechos humanos de vascos detenidos

ALFREDO MENDEZ ORTIZ

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) determinó que no se acreditaron violaciones a los derechos humanos en contra de los seis ciudadanos vascos detenidos el 18 de julio de 2003 e internados al siguiente día en el Reclusorio Norte, donde permanecerán hasta en tanto el Poder Judicial Federal no resuelva si es legal su extradición a España.

De acuerdo con un oficio que el director de la primer visitaduría general del organismo, Eduardo Ortiz Castro, envió a los vascos -quienes el pasado 26 de julio presentaron un recurso de queja por las supuestas violaciones a sus derechos humanos de que fueron objeto por parte de autoridades mexicanas y españolas-, la CNDH concluyó que tanto la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) como la Procuraduría General de la República (PGR) actuaron con apego a derecho en el asunto.

En lo referente a la embajadora de España en México, Cristina Barrios Almazor, quien de acuerdo con informes oficiales -revelados por La Jornada el pasado 19 de julio- dio información falsa a la cancillería mexicana para que los vascos fueran detenidos antes de que se pidiera formalmente su extradición, la CNDH se declaró incompetente para resolver esa parte de la queja, con el argumento de que la diplomática no es una autoridad mexicana.

No obstante, el organismo informó que los documentos ministeriales y gubernamentales a los que tuvo acceso durante su indagatoria demostraron que los vascos no fueron privados ilegalmente de su libertad, ya que el 18 de julio de 2003 se cumplimentaron en contra de los quejosos dos órdenes: una de localización y presentación que giró la PGR, y otra de detención provisional con fines de extradición que libró un juez federal.

Sobre la inconformidad de los quejosos en contra del juez segundo de distrito, César Flores Rodríguez -a quien responsabilizan de haberles rechazado la mayoría de las pruebas de descargo que le ofrecieron con la finalidad de comprobarle que es ilegal su extradición-, la CNDH tampoco analizó esa parte de la queja, pues alegó que es de competencia exclusiva del Consejo de la Judicatura Federal resolver cualquier irregularidad cometida por jueces de distrito y magistrados de circuito.

Asimismo, el organismo que encabeza José Luis Soberanes Fernández recomendó a los vascos que "de persistir en su consideración de que existieron posibles irregularidades administrativas por parte de servidores públicos de la SRE y la PGR, presenten su queja por escrito mediante sus representantes, ante la Secretaría de la Función Pública".

En tanto, Bárbara Zamora, defensora de Félix Salustiano García, María Asunción Gorrotxategi, Ernesto Alberdi Elejalde, José María Urquijo, Juan Carlos Artola Díaz y Asier Arronategi Duralde, consideró que la conclusión a la que llegó la CNDH "es errónea", porque se basó exclusivamente en documentos ofrecidos por la PGR y la SRE, mismos que pudieron haber sido "alterados".

El documento de la CNDH, al cual tuvo acceso este diario, refiere que respecto a la inconformidad de los vascos de que fueron privados de su libertad ilegalmente el 18 de julio de 2003, no se observaron violaciones a derechos humanos en virtud de lo siguiente: "según consta en el oficio DGALI/4401/03 del 11 de julio de 2003, la Dirección General de Asuntos Legales Internacionales de la PGR envió a la entonces Unidad Especializada en Delincuencia Organizada (de esa misma dependencia), la comisión rogatoria internacional que le fue remitida por la SRE el 9 de julio de 2003 por el juez español (Baltasar Garzón), por la que se solicitó a las autoridades mexicanas asistencia jurídica en materia penal".

El 16 de julio de 2003, agrega el oficio, "la PGR inició (en contra de los vascos) la averiguación previa UEDO/345/2003, por la posible comisión de los delitos de delincuencia organizada, lavado de dinero, terrorismo y falsificación de documentos. Después, mediante oficio CG/F3/857/2003 del 18 de julio, la PGR solicitó la localización y presentación (en contra de los vascos) en calidad de indiciados, instrucción que se cumplimentó ese día".

La CNDH agregó: "el 16 de julio de 2003 se recibió en la SRE la nota diplomática 262 de esa misma fecha, suscrita por la embajadora de España en México (Cristina Barrios), mediante la cual formuló la petición para su detención preventiva con fines de extradición, con sustento en la solicitud de detención preventiva dictada el 14 de julio de 2003 (por el juez Garzón); por lo anterior (la PGR), a través del oficio SJAI/0411/2003, el 17 de julio solicitó al juzgado de distrito en turno en el Distrito Federal, se decretara su detención provisional con fines de extradición".

Añadió que fue el 18 de julio de 2003 cuando el juzgado segundo de distrito libró la orden de detención provisional contra los vascos, por lo que "en virtud de lo anterior se consideró que no se acreditaron violaciones a derechos humanos en su detención y presentación ante el agente del Ministerio Público Federal".

Finalmente, refirió la CNDH, "queda claro que la presentación (de los vascos ante la PGR) no fue con base en los autos dictados por el juez español los días 14 y 23 de julio de 2003, sino en cumplimiento a la orden de presentación dictada por la PGR -como parte de la averiguación UEDO/345/2003- ordenada el 18 de julio de 2003".

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