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México D.F. Miércoles 27 de octubre de 2004

Decisión salomónica

Fallo negativo de la Corte favorece a demandantes

JESUS ARANDA

En una decisión sui generis, los ministros de la Corte negaron ayer el amparo a 10 pequeños contribuyentes que se oponían a la aplicación del artículo 2-C de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA); sin embargo, su decisión favoreció los intereses de los demandantes, al mantenerlos en su actual régimen de contribución fiscal.

Por mayoría de seis votos contra tres, el pleno sobreseyó la demanda que solicitaba se declarara la inconstitucionalidad del artículo 2-C de la ley del IVA, el cual establece como referente para la aplicación del impuesto el ingreso que los causantes hayan tenido en el ejercicio fiscal anterior, lo que violaría el principio constitucional de proporcionalidad.

El ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano señaló en la sesión pública que los pequeños contribuyentes, sujetos al régimen especial de IVA, al reclamar la forma como se fija el tributo, ''llevaría a la Suprema Corte a concederles un amparo que finalmente resultaría contrario a sus intereses, porque caerían en el régimen general, que corresponde a todos los contribuyentes. Esto los obligaría a llevar una contabilidad más complicada para poder hacer las deducciones que caracterizan la ley del IVA, lo que sería contrario a sus intereses''.

La minoría de ministros consideraba que debían estudiar el fondo del asunto y declarar la inconstitucionalidad del artículo por no ser proporcional.

 

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