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México D.F. Jueves 26 de agosto de 2004

Respuesta a petición de la Comisión Permanente

Ningún delito electoral en el caso de las Historias de la Ciudad: la Fepade

JOSE ANTONIO ROMAN Y VICTOR BALLINAS

fromow_3La Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Electorales (Fepade) afirmó que en el caso de las historietas editadas y distribuidas por el Gobierno del Distrito Federal no se configura la comisión de ningún delito electoral.

Sin embargo, advirtió la "probabilidad" de un hecho ilícito del fuero común, por la presunción del uso indebido de fondos del erario para promover la imagen del jefe del Gobierno, Andrés Manuel López Obrador. En este sentido, la Fepade se declaró "incompetente", pues estos hechos, que podrían constituir un delito, según el Código Penal local, le corresponde a la Procuraduría General de Justicia del DF conocerlos, y no a la instancia federal.

En estos términos respondió la titular de la Fepade, María de los Angeles Fromow Rangel a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión a la solicitud -aprobada como punto de acuerdo el 14 de julio- para investigar si la producción, edición y distribución de 2 millones de ejemplares del llamado pejecómic constituía un delito electoral por el uso de recursos públicos con fines propagandísticos y proselitistas en beneficio del jefe de Gobierno capitalino.

En el oficio dirigido a la Comisión Permanente la Fepade señala que tras el análisis de las constancias que integran la averiguación previa 335/FEPADE/2004, "no se actualiza hipótesis alguna" para la comisión del algún delito electoral federal, debido a que no se está ante la presencia de un proceso electoral federal alguno, por tanto, "ni existe en estos momentos campaña electoral, ni el jefe de Gobierno del DF tiene calidad de candidato, ambos elementos exigidos por la norma penal para poder configurar un delito de esta naturaleza".

Además señala que, en principio, la edición y distribución de las Historias de la Ciudad no afectan los recursos federales, como para que pudiera tener aplicación el Código Penal federal; "tampoco de las documentales remitidas se evidencia concurrencia de delitos del orden común y federal, consiguientemente, esta fiscalía no tiene competencia para conocer de los hechos, como sería el caso de ejercer la facultad de atracción". No obstante, advierte que, a "título de probabilidad", los hechos analizados sí pudieran constituir algún ilícito del fuero común.

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