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P O L I T I C A
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México D.F. Jueves 19 de agosto de 2004

La prisión preventiva en su domicilio posibilita la fuga: familiares de desaparecidos

Ratifican amparo en favor de Nazar; el juez debe dictar nueva resolución

Funcionarios de SSP contribuyeron para que se autorice al ex director de la DFS enfrentar el proceso penal en casa

ALFREDO MENDEZ Y GUSTAVO CASTILLO

Mientras que la defensa de Miguel Nazar Haro obtuvo la ratificación de un amparo, y con ello la obligación del juzgado cuarto de distrito, con sede en Monterrey, Nuevo León, para que emita una nueva resolución de formal prisión o de libertad para el ex titular de la Dirección Federal de Seguridad (DFS) en el caso de Jesús Piedra Ibarra, fuentes de la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp) revelaron que funcionarios de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) federal contribuyeron para que se autorice a Nazar Haro enfrentar sus procesos penales en su casa.

Ayer el primer tribunal colegiado en materia penal con sede en Monterrey confirmó el amparo que el juzgado quinto de distrito de esa ciudad otorgó a Nazar Haro, el pasado 15 de abril, contra el auto de formal prisión que enfrenta por su presunta responsabilidad en el secuestro de Jesús Piedra Ibarra.

El abogado José Luis Nassar Daw, hijo y defensor del Nazar Haro, precisó que con esta decisión el juzgado cuarto de distrito deberá analizar por segunda ocasión los elementos en los que se basó el pasado 25 de febrero para iniciar proceso penal contra Nazar Haro.

Explicó que en caso de que pretenda dictarle un nuevo auto de formal prisión, el juez cuarto de distrito deberá "explicar y fundamentar" por qué existen elementos para considerar que el ex funcionario es presunto responsable del delito que le imputa la Femospp, a pesar de que los testigos de cargo no lo señalan de manera directa y la acusación se basa en "testimonios de oídas".

En tanto, fuentes judiciales indicaron a La Jornada que la resolución del primer tribunal colegiado de Monterrey, correspondiente al amparo en revisión 91/2004, se emitió ayer por unanimidad de votos de los tres magistrados que integran el órgano jurisdiccional: María Luisa Martínez Delgadillo, quien fue la ponente de la sentencia, Rodolfo Pasarín de Luna y Ramón Ojeda Haro.

Según las fuentes consultadas, los representantes del Poder Judicial de la Federación coincidieron en que el juzgado cuarto de distrito no valoró varias pruebas al emitir el auto de formal prisión, entre las que destacan las siguientes: existen oficios que acreditan el hecho de que los agentes de la Policía Judicial de Nuevo León no estaban comisionados en la DFS.

Además, concluyeron los magistrados, la única prueba contra Miguel Nazar Haro es una declaración ministerial de Juventino Romero Cisneros (ex policía judicial prófugo de la justicia), quien la primera vez que rindió testimonio ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (en 1990) no mencionó el nombre del ex titular de la DFS, sino que fue hasta el año 2002 (ante la Femospp) que el supuesto testigo recordó que "alguien le dijo que Nazar Haro había ordenado la captura de Piedra Ibarra". El juzgado cuarto tampoco consideró una entrevista transmitida el año pasado por una televisora de Monterrey, en la que Romero Cisneros dijo que no conoce a Miguel Nazar Haro y que si mencionó su nombre fue porque personal de la fiscalía se lo sugirió.

A su casa

Fuentes oficiales indicaron a La Jornada que personal bajo el mando de Carlos Tornero Díaz, comisionado de Prevención y Readaptación Social de la Secretaría de Seguridad Pública federal, son los responsables de que el juzgado cuarto de distrito haya autorizado a Nazar Haro que abandone la prisión de Topo Chico, en Monterrey, para que permanezca en calidad de detenido en su casa en la ciudad de México.

Los funcionarios consultados indicaron que el titular de la Femospp, Ignacio Carrillo Prieto, ha hecho público su desacuerdo con el proceder de quienes valoraron a Nazar Haro, pues indicaron en su dictamen de personalidad que el ex titular de la DFS es de "baja peligrosidad" y "alta readaptabilidad social", además de que presenta enfermedades severas, situación que hace procedente aplicar lo establecido en el artículo 55 del Código Penal Federal.

El fiscal, dijeron las fuentes, ha señalado que es increíble que se conceda a una persona como Nazar un beneficio de esa naturaleza, pues estima que el ex coordinador de la Brigada Blanca no debería abandonar la prisión sino responder en ella a las acusaciones en su contra.

En este contexto, el abogado José Luis Nassar Daw informó que ayer presentó al juez séptimo de distrito, con sede en Naucalpan, Willy Earl Vega, un recurso mediante el cual solicita que sea ese órgano jurisdiccional el que determine si concede a Nazar el beneficio de la "prisión preventiva" en su domicilio.

Lo anterior, ocurre debido a que ese juzgado conoció de la acusación contra Nazar Haro por la desaparición de Ignacio Salas Obregón, ex miembro de la Liga Comunista 23 de Septiembre.


El asunto se maneja con cinismo: Félix Hernández

ALFREDO MENDEZ ORTIZ

El beneficio que se otorgó a Miguel Nazar Haro, ex titular de la Dirección Seguridad Nacional (DFS), para enfrentar en su casa los dos procesos penales a que está sujeto por su presunta responsabilidad en delitos cometidos durante la guerra sucia, "abre la posibilidad" de que el ex coordinador de la llamada Brigada Blanca pueda escapar, y demuestra que el asunto es más político que judicial, aseguró Julio Mata Montiel, secretario ejecutivo de la Asociación de Familiares de Detenidos, Desaparecidos y Víctimas de Violaciones a los Derechos Humanos (Afadem).

A su vez, Félix Hernández Gamundi, integrante del Comité 68, consideró que el beneficio legal que concedió a Nazar un juez federal es el resultado de las "negociaciones cínicas" que hizo el Partido Revolucionario Institucional (PRI) con el gobierno federal para que sus "compinches de regímenes priístas" no sean castigados. "Por eso se reformó hace poco el artículo 55 del Código Penal Federal", puntualizó.

Mata Montiel consideró que es "inaceptable que se estén amañando los juicios penales a que está sujeto Nazar (desde febrero pasado) con todas las argucias legales (a las que están recurriendo sus abogados), porque todo indica que se va hacia el hecho de que puede haber impunidad".

Sin embargo, dijo que la Femospp debe evitar que se suspendan los procesos contra el ex titular de la DFS, porque "eso sí sería terrible para la sociedad".

Refirió que todo parece indicar que por acuerdos extrajudiciales "Nazar Haro terminará sin ser castigado, así como tampoco pisará la cárcel (el ex presidente) Luis Echeverría, simplemente porque no hay instrumentos nacionales adecuados para ello".

Mata Montiel indicó que el gobierno federal debe demostrar su compromiso de hacer justicia a los familiares de centenares de desaparecidos durante la guerra sucia con la ratificación de "los convenios internacionales sobre desaparición forzada y crímenes de guerra y lesa humanidad, además de buscar que se reformen los artículos 14 y el 133 constitucionales para que puedan ser asumidos en nuestro país de manera directa los instrumentos normativos internacionales".

A su vez, Hernández Gamundi manifestó que en el Comité 68 "desde un principio nos opusimos a la reforma al artículo 55 del Código Penal Federal (que permite la prisión domiciliaria de cualquier procesado mayor de 70 años), porque deja la impresión de que el asunto está manejado con un cinismo muy grande".

Agregó: "cuando los priístas se dieron cuenta que el asunto de las consignaciones contra su gente va avanzando, y ya no tuvieron manera eficaz de oponerse a las acciones judiciales, buscaron ponerle una camita suave a toda su gente que sabían que iba a caer. Por eso reformaron (el código) para que sus compinches pudieran recibir su casa por cárcel".

Finalmente, Gamundi indicó que las víctimas de los delitos del pasado "no buscamos venganza; estamos totalmente claros de que los responsables deben ir a prisión porque tienen deudas pendientes con la sociedad, con la historia, y deben pagarlas".

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