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Obituario   - NUEVO -

C O R R E O   I L U S T R A D O
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México D.F. Viernes 25 de junio de 2004

 
Sobre la marcha del próximo domingo

Señora directora: Le solicito atentamente publicar mi opinión sobre la marcha del próximo domingo 27 en contra de la delincuencia.

Las voces que hoy se levantan en contra de la delincuencia bajo el lema "Rescatemos México", que promueven la marcha silenciosa para el día 27 de este mes, y que en espots radiofónicos manifiestan que van con todo contra 10 mil delincuentes, son principalmente voces de la clase acomodada de nuestro país: políticos bien posicionados, organizaciones vecinales de colonias ricas y organizaciones lideradas por empresarios, todos ellos preocupados por los riesgos que hoy corren sus familias y sus bienes materiales.

Por supuesto que las clases marginadas también sufrimos las acciones de la delincuencia (yo he sido víctima de robo a mano armada y del asesinato de un familiar a manos de vándalos en los años 80); sin embargo en nuestra posición, la preocupación primera es el ingreso económico para poder cubrir las necesidades mínimas de cada día, preocupación y posición que difícilmente nos permite siquiera pensar en organizarnos y tener los medios para promover una movilización como la del día 27.

Si a muchos que tenemos un trabajo estable y que cada día hacemos un esfuerzo extra por salir adelante, los bajos salarios que percibimos difícilmente nos permiten tener a una calidad de vida aceptable, habría que imaginar qué pasa con todos aquellos que reciben no más del salario mínimo por su jornada de trabajo, con todos aquellos que dependen del trabajo informal y con todos aquellos que hoy se encuentran desempleados.

Y aunque en todas las esferas sociales, altas (delincuentes de cuello blanco) y bajas, encontramos delincuencia, es aquí en las zonas marginadas donde surgen la mayoría de los criminales de todos tipos. Cuando los líderes que hoy promueven acciones como la marcha del 27 y otras acciones hablan de 10 mil lacras de la sociedad, pienso que bien saben que esas lacras no provienen de las Lomas de Chapultepec, o de San Angel, o de las Lomas de Tecamachalco, o de La Herradura, sino de zonas como Iztapalapa, Tacubaya, Nezahualcóyotl o Chimalhuacán. En mi opinión, ni la marcha del 27, ni nuevas leyes para sancionar al delincuente, ni el aumento de elementos en la policía y sus nuevas estrategias de acción van a disminuir, y menos terminar, con la delincuencia.

Sería bueno que los promotores de acciones en contra de la delincuencia incluyeran (entre otras acciones) la promoción de aumentos salariales a empleados y obreros en todas las empresas del país; la supresión de maquinaria y equipo de sus fábricas que sustituyen (entre otras acciones) la promoción de aumentos salariales a empleados y obreros en todas las empresas del país; la supresión de maquinaria y equipo de sus fábricas que sustituyen buena parte de la fuerza de trabajo humana; una educación de calidad en las escuelas públicas; la construcción de viviendas dignas (no palomares) para el trabajador, y acceso real a las mismas, etcétera.

No creo que lo hagan, no creo que sacrifiquen parte de sus ganancias (sus coches de lujo, sus viajes frecuentes dentro o fuera del país, sus escuelas privadas, su buena alimentación y su buena atención médica, su acceso a los máximos avances tecnológicos, etcétera). Prefieren culpar al sistema de seguridad pública y hacer a un lado su responsabilidad en la creación de miseria e ignorancia, su responsabilidad en la descomposición social de México.

Atentamente

Adolfo L. Morales Acevedo


Carta de la CNDH a Miguel Concha

Señora directora: Solicito la publicación de la siguiente carta, dirigida a Miguel Concha Malo.

Respetable señor Concha:

En México es común que personas sin conocimiento de causa opinen y, aún más, castiguen públicamente la actuación de instituciones públicas y sus servidores; muchas voces por descuido, otras porque con ello está de por medio la obtención de algún beneficio personal, sin que se dé importancia a las consecuencias, probablemente graves, que tales opiniones pudieran acarrear.

Me inclino a pensar que en el reproche que publicó en este medio el 19 de junio debemos incluirlo dentro del primer supuesto, lo que, desde luego, no lo exime de responsabilidad.

El que usted ubique a la CNDH como una institución obstaculizadora del ejercicio del derecho a la transparencia y cite que en el máximo tribunal de nuestro país está pendiente de resolver un amparo cuyo objeto es determinar si deben darse a conocer los procedimientos de tramitación de quejas presentadas ante el ombudsman nacional hace indispensable aclarar algunas cuestiones relacionadas con las circunstancias de facto que han dado lugar a dicho juicio de garantías.

La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental dispone en su artículo 14, fracción I, que como información reservada debe considerarse aquella que por disposición expresa de ley sea considerara confidencial, reservada, comercial reservada o gubernamental confidencial.

El artículo 4 de la ley de la CNDH dispone que el personal de la comisión debe "manejar de manera confidencial la información o documentación relativa a los asuntos de su competencia".

En congruencia con los preceptos señalados y en estricto apego al principio de legalidad que debe regir en todo estado de derecho, el artículo 9 del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información de la CNDH dispone que, de conformidad con lo establecido en la fracción I del artículo 14 de la legislación federal en la materia, debe considerarse como reservada la información o documentación que obre en los expedientes de queja, orientación, remisión, seguimiento de recomendación e impugnación que se tramiten en la comisión.

Es con fundamento en los preceptos en cuestión que se negó al señor Sarré la apertura de expedientes.

Pues bien, el artículo 4 de la ley de la CNDH no es un capricho del legislador, sino un principio que obedece a la manifiesta intención de éste en tutelar la dignidad personal de quienes se hallen involucrados en los asuntos que se tramitan ante la comisión, y a este respecto hago de su conocimiento que con el juicio de amparo a que hace referencia en su artículo el quejoso pretende dejar insubsistente, mediante la correspondiente declaración de inconstitucionalidad, esta prerrogativa esencial tutelar de dicho valor constitucional.

La negativa por parte de la CNDH a "abrir sin más" sus expedientes al escrutinio de quien le plazca obedece a un estricto apego a la ley y a la Constitución -que, dicho sea de paso, el ombudsman nacional se comprometió a guardar y respetar-; pero sobre todo implica una defensa efectiva de la dignidad de las personas, que constituye el fundamento de todos los derechos humanos.

Atentamente

Mtro. Fernando Batista Jiménez, secretario técnico de la presidencia de la CNDH


Respuesta del articulista

Señora directora: En su aclaración de "algunas cuestiones relacionadas con las circunstancias de facto", el maestro Fernando Batista Jiménez, secretario técnico de la presidencia de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, no niega el contenido sustancial del párrafo del artículo que publiqué el sábado de la semana pasada en La Jornada: que está pendiente de resolución en la Suprema Corte de Justicia de la Nación una demanda de amparo contra leyes, para que ese órgano constitucional autónomo de protección a los derechos humanos informe, no los nombres de los quejosos -lo que expresamente aclaré-, para no poner en riesgo a las víctimas, sino sobre los procedimientos en la tramitación de quejas que se le presentan.

La demanda de amparo se radicó primero en el juzgado segundo de distrito en materia administrativa en el DF, con el número de expediente 1303/2003. Mediante resolución de fecha 29 de septiembre de 2003 ese juzgado determinó sobreseer el juicio de amparo. El primer tribunal colegiado en materia administrativa del primer circuito resolvió, el 17 de febrero de 2004, el recurso de revisión con número 803/2003-10699, levantando el sobreseimiento y remitiendo los autos a la Suprema Corte , la que el lunes 15 de marzo de 2004 decidió ejercer su competencia originaria para definir el contenido del derecho constitucional en cuestión, por lo que el amparo interpuesto será resuelto por ese alto tribunal.

Mi interés en este asunto es exclusivamente el promover de manera responsable y con conocimiento de causa desde la sociedad civil la garantía de los derechos humanos de la ciudadanía por parte de todos los órganos del Estado, en este caso el derecho fundamental a la información, sin lesionar los intereses legítimos y los derechos de terceros. Pienso que todas las instituciones públicas deben cumplir en primer lugar con esa obligación.

Miguel Concha Malo


Invitación

Video documental

Este viernes 25 de junio en el Rincón Zapatista, video documental de Héctor Daniel Useche Beron Contra la impunidad, Sinaltrainal clama justicia, que narra el papel de la Coca-Cola en la violación de los derechos humanos y laborales en Colombia, a las 19 horas, Zapotecos 7, colonia Obrera, cerca del Metro Isabel la Católica o Doctores. Tel. 5578-1301, o www.fzln. org.mx. Entrada libre.

Alvaro M. Gutiérrez Torres, EZLN-DF
 
 

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