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México D.F. Viernes 23 de abril de 2004

Es la primera de esa índole en la historia de la Comisión de Derechos Humanos local

Acepta la SSP recomendación por la ejecución arbitraria de un menor

El ombudsman la envió también a la procuraduría; emitió otra por abuso policiaco

SUSANA GONZALEZ Y AGUSTIN SALGADO

icaza_recomendacionPor primera vez en su historia, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) emitió una recomendación por la ejecución arbitraria de un menor de edad, cuyos presuntos responsables son policías preventivos de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP).

El caso se refiere a la muerte de Josué Ulises Cruz Banda, ocurrida el 11 de junio de 2002 en la delegación Iztacalco, cuando luego de ingerir bebidas embriagantes con sus amigos, dentro de un automóvil, el joven fue perseguido por uniformados del sector Tlacotal de la SSP, quienes le dispararon en dos ocasiones y se lo llevaron en una patrulla. Horas después, el joven, de 17 años, fue hallado muerto en la colonia Granjas México.

Emilio Alvarez Icaza, presidente de la CDHDF, expuso lo anterior al dar a conocer las dos primeras recomendaciones del año. La primera, concerniente a la ejecución arbitraria, fue dirigida a la SSP y la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF). La segunda, por la detención arbitraria de dos albañiles, quienes además fueron sometidos a "un trato cruel, inhumano y degradante", también por policías preventivos, fue enviada únicamente a la SSP.

Respecto del primer caso, el ombudsman recordó que cuando ocurrió, Marcelo Ebrard, titular de la SSP, solicitó a la CDHDF que se iniciara una investigación e inclusive aseguró que ya habían sido puestos a disposición de la autoridad los probables responsables.

Sin embargo, pese a que se giró orden de aprehensión contra los policías José Luis de la Cruz Gamas y Vicente Flores Tolentino, por homicidio calificado, pudieron escapar con ayuda de sus superiores, el jefe de sector Jesús Felipe Mandujano López, y el entonces director de la policía sectorial, David León Méndez, a quienes también se les fincaron responsabilidades penales. Cabe recordar que este fue el primer caso atendido por el entonces recién nombrado director de Asuntos Internos de la SSP, Gabriel Regino García.

Pese al tiempo transcurrido, ninguno de los implicados ha sido detenido, y en tal sentido la CDHDF solicitó a la Fiscalía para Mandamientos Judiciales de la PGJDF que investigue los motivos del incumplimiento de las órdenes de aprehensión y, en caso de que haya irregularidades, se promuevan los procedimientos de responsabilidad administrativa correspondientes. También recomienda que los peritos incorporen "el protocolo modelo de autopsias incluido en el manual para la prevención e investigación eficaces de las ejecuciones extralegales, arbitrarias o sumarias".

El segundo caso también data de 2002. El 27 de octubre de ese año, Rodrigo Ortega Trejo y otro agraviado fueron detenidos arbitrariamente por policías de la SSP al salir de una taquería, y durante 10 o 15 minutos fueron paseados en una patrulla. El acompañante de Ortega, cuya identidad se mantiene en reserva, fue liberado frente a la estación Potrero del Metro, luego de haber sido golpeado por uno de los policías, quien además le robó mil pesos.

En tanto, Ortega Trejo murió atropellado en carriles centrales de la avenida Insurgentes Norte por un automovilista que declaró que se atravesó intempestivamente cuando circulaba a más de 90 kilómetros por hora.

Si bien Alvarez Icaza aclaró que no existen evidencias para acreditar la responsabilidad de los policías Agustín Martínez Trejo y Jesús Licea Mendoza en la muerte de Ortega Trejo, puntualizó que "la última vez que éste fue visto con vida se encontraba a bordo de la patrulla mencionada".

El caso trajo nuevamente a colación el tema de las detenciones arbitrarias por elementos de la SSP, pues el ombudsman alertó que éstas han sido motivo de 10 recomendaciones durante los pasados dos años y representan 7.5 por ciento de las 6 mil quejas que anualmente recibe la CDHDF.

Las primeras dos recomendaciones de este año, dijo, demuestran un mal uso y abuso de la fuerza por la policía, e insistió en que es indispensable que la SSP "cuente con elementos de certeza al respecto". El tema incomoda, abundó, pero no se trata de "entrar a falsos debates sobre el status de la persona, sino del desempeño de la autoridad, independientemente de si es una víctima de delito o un presunto delincuente".

Así, la CDHDF recomendó a la secretaría, entre otros puntos, que instaure mecanismos de evaluación efectivos de los cursos de capacitación a policías, sobre todo en lo relacionado con el uso de la fuerza; se agilice la reparación del daño a los familiares; se implanten mecanismos de supervisión y evaluación sistemáticos, que permitan un control de las detenciones realizadas por los elementos, y se sancione al personal que realice actos de omisión que favorezcan la impunidad de servidores públicos investigados.

Acepta la SSP ambas recomendaciones

No obstante que la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal cuenta con 15 días para manifestarse en torno a las recomendaciones en cuestión, por la noche la directora de Derechos Humanos de la corporación, María Elena Alegría Escamilla, dijo que la SSP las acepta "en todos sus términos".

En conferencia de prensa, realizada en las instalaciones de la policía preventiva, Alegría Escamilla también se refirió a las 72 quejas presentadas en contra de los grupos especiales: "se está cooperando con la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal para la investigación de cada una de ellas; si bien cabe referir que 25 no señalan a un grupo determinado y no se sabe si son policías de esta secretaría (...) Si se identifica a algún elemento policial se aplicarán las sanciones de ley".

Con respecto a la recomendación 01/2004 -referida a los albañiles-, aseguró que se puso a disposición del Ministerio Público del sector correspondiente a los elementos "y se les mantuvo en arraigo mientras lo solicitó", además de que se separó de su cargo "específicamente a David León Méndez" quien fungía como director general de la Policía Sectorial.

Por último, en torno a la recomendación 02/2004, Alegría Escamilla, aseveró que "también se acepta en todos sus términos, pues se trata de hechos comprobados de violación a los derechos fundamentales".

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