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México D.F. Miércoles 10 de diciembre de 2003

Los ex policías serán juzgados por la desaparición de Jesús Piedra Ibarra, en 1975

Inminente detención de Nazar Haro, De la Barreda y Romero

El juez Guillermo Vázquez modificó su criterio por el cual negó en abril las órdenes de aprehensión

GUSTAVO CASTILLO ENVIADO

Merida, Yuc., 9 de diciembre. De un momento a otro podrían ser encarcelados Miguel Nazar Haro, Luis de la Barreda Moreno y Juventino Romero, al concederse la orden de aprehensión en su contra para que se les juzgue por la desaparición de Jesús Piedra Ibarra, ocurrida el 19 de abril de 1975 en Monterrey, Nuevo León. La Procuraduría General de la República (PGR) prepara el operativo de captura de los tres personajes señalados como piezas clave en casos de represión durante el periodo conocido como guerra sucia en México.

Nazar Haro y De la Barreda fueron titulares de la desaparecida Dirección Federal de Seguridad, mientras que Juventino Romero fue agente de la Policía Judicial de Nuevo León y, en esa condición, encargado de detener a Piedra Ibarra en un rancho cercano a la ciudad de Monterrey, para interrogarlo en relación con las actividades de la Liga Comunista 23 de Septiembre.

Cambio de opinión

Fuentes gubernamentales revelaron a La Jornada que el juzgado cuarto de distrito en materia penal, con sede en la capital neoleonesa -el mismo que había negado en abril de este año las órdenes de captura contra los tres involucrados-, giró la noche de este martes los mandamientos judiciales que permitirán llevar a juicio a los primeros altos ex funcionarios involucrados en la represión contra integrantes de grupos armados de izquierda en las décadas de los 70 y 80.

De este modo, a menos de 30 días de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinara que el delito de privación ilegal de la libertad no empieza a prescribir sino hasta que aparece la víctima, el juez Guillermo Vázquez Martínez modificó su criterio inicial por el cual negó en abril de este año las órdenes de aprehensión, y esta vez consideró que existen elementos suficientes para ordenar la detención, encarcelamiento enazar_haro_ol04 inicio del juicio de rigor a Nazar Haro, De la Barreda y Romero.

La Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp) se negó a proporcionar información sobre este caso. Sin embargo, fuentes oficiales que participan en los trabajos de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción confirmaron la especie y adelantaron que la captura de los tres ex policías podría ocurrir en cuestión de horas.

Los informantes comentaron que el capitán Luis de la Barreda abandonó su domicilio en el Distrito Federal desde hace por lo menos cinco meses, y que por el momento no está ubicable; a su vez, se sabe que Nazar Haro ha permanecido bajo vigilancia policiaca ''a distancia''. De Juventino Romero sólo se sabe que aún vive en Monterrey.

En la averiguación previa PGR/FEMOSPP/017/2002 existen constancias ministeriales de que fue el entonces delegado de la Dirección Federal de Seguridad en la capital de Nuevo León, Ricardo Condel Gómez, quien recibió una orden vía telefónica por parte de Nazar Haro para que detuviera y trasladara a Jesús Piedra Ibarra al rancho La Peña, localizado a pocos kilómetros de la ciudad de Monterrey.

La última noticia que se tuvo de Piedra Ibarra fue precisamente en ese rancho, en donde incluso, según testimoniales, se le practicaron exámenes médicos y se redactaron informes dirigidos a Luis de la Barreda Moreno, director en ese momento de la Federal de Seguridad.

Romero Cisneros, quien desde junio de 1999 es jubilado, declaró ante la Femospp que participó en el operativo de captura del hijo de la señora Rosario Ibarra de Piedra, quien desde entonces lo busca -a él y a otros desaparecidos en esas fechas- de manera incansable.

De jefe policiaco a hotelero

Uno de los documentos clave que aportó la fiscalía especial al mando de Ignacio Carrillo Prieto, es un informe con la firma autógrafa de De la Barreda Moreno, en el que se hace mención de los interrogatorios y declaraciones que habría vertido Jesús Piedra ante sus captores; entre éstos se encontraba el entonces director de la Policía Judicial de Nuevo León, Carlos Solana Macías.

Este último dejó la carrera policiaca años después y se convirtió en empresario de hotelería en el puerto de Acapulco.

A pesar de las constancias ministeriales aportadas por la fiscalía al juzgado cuarto, en abril de este año el mismo impartidor de justicia que hoy concede la orden de aprehensión la negó bajo el argumento de que el delito de privación ilegal de la libertad había prescrito meses antes de que se constituyera la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado.

Ante la decisión del juez Vázquez Martínez, la fiscalía promovió que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se encargara de resolver la apelación y que no fuera el primer tribunal unitario, con sede en Monterrey, el que decidiera en última instancia si los delitos imputados a los tres ex policías se habían extinguido por el paso del tiempo.

Finalmente así ocurrió y la SCJN, en votación dividida, estableció jurisprudencia que permite ahora a la fiscalía especial consignar a todos los probables responsables de desapariciones forzadas durante el mandato de los presidentes Luis Echeverría y José López Portillo.

Hace unos días, el fiscal Carrillo Prieto declaró a este diario que consignar a Nazar Haro y De la Barreda Moreno era equivalente a llevar a los tribunales a los jefes de la policía política de la dictadura pinochetista en Chile o a la de Videla, en Argentina.

A su vez, tanto Miguel Nazar, quien ahora se desempeña como asesor de familiares de víctimas de secuestro, como De la Barreda Moreno, en sus respectivas declaraciones ministeriales en su condición de indiciados, dijeron ante el Ministerio Público Federal ser inocentes de todo cargo que se les imputa; responsabilizaron a los agentes de la Policía Judicial de Nuevo León de la captura y desaparición de Jesús Piedra Ibarra.

Ahora que han sido giradas las órdenes de aprehensión, según las fuentes de la Procuraduría General de la República consultadas, ambos personajes no cuentan con la posibilidad de obtener una suspensión contra el mandamiento judicial y dijeron que su único recurso es buscar un amparo de fondo que los exima de responsabilidades.

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