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P O L I T I C A
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México D.F. Sábado 13 de septiembre de 2003

Adelanta el instituto que presentará recurso de revisión ante tribunales colegiados

Dan amparo a cuatro bancos; el IPAB no podrá auditar pagarés del Fobaproa

Inconstitucionales, la Ley del Ahorro Bancario y el Estatuto Orgánico del organismo

GUSTAVO CASTILLO GARCIA

El juzgado noveno de distrito en materia administrativa amparó a Bancomer, Banco Internacional, Banamex y Banorte contra cualquier nueva auditoría que pretenda realizar el Instituto de Protección al Ahorro Bancario (IPAB) a los pagarés que esas instituciones poseen del Fobaproa, los cuales tienen un valor actualizado de más 52 mil millones de pesos.

Tras varios meses de análisis, el juez Alvaro Tovilla León resolvió el amparo promovido por las cuatro instituciones crediticias en el juicio 979/2002, en el cual se pidió declarar inconstitucional la Ley de Protección al Ahorro Bancario y el Estatuto Orgánico del IPAB.

Las representaciones legales de Bancomer, Banco Internacional, Banorte y Banamex también reclamaron la protección de la justicia federal en contra de las autoridades del IPAB, por considerar que eran ilegales los oficios mediante los cuales pretende realizar nuevas auditorías a los pagarés del Fobaproa que posee cada uno de esos bancos.

Ayer, Tovilla León consideró ilegales los oficios de fecha 21 de junio y 26 de septiembre de 2002, mediante los cuales el IPAB dio a conocer el procedimiento para realizar las nuevas auditorías y, en su caso, reducir el monto de los pagarés otorgados por el entonces Fobaproa en favor de las cuatro bancos amparados.

De igual forma, declaró que "la Ley de Protección al Ahorro Bancario y el Estatuto Orgánico del IPAB no son constitucionales".

Sin embargo, al resolver lo concerniente a la realización de nuevas auditorías a los pagarés del Fobaproa, estableció: "se concedió el amparo y protección de la justicia federal por considerarse que los oficios exceden lo dispuesto por la Ley de Protección al Ahorro Bancario", pues, según el juez, la única auditoría válida a esos pagarés es la que realizó Michael W. Mackey por orden de la Cámara de Diputados.

La decisión de Alvaro Tovilla León es que no se puede poner en duda que en la auditoría de Mackey se revisó la identidad, existencia y legitimidad de los pagarés. Aún más: "del texto del artículo quinto transitorio de la Ley de Protección al Ahorro Bancario, no se desprende que puedan existir otras auditorías o revisiones diversas a las ordenadas por la Cámara de Diputados (informe a cargo de Michael W. Mackey), como las que pretenden las autoridades del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario".

Tras conocerse públicamente la decisión del juzgado noveno de distrito, el IPAB advirtió a los banqueros que aún no pueden echar las campanas al vuelo ni hablar de una "victoria contundente", y anunció que presentará un recurso de revisión ante los tribunales colegiados. Anticipó que el caso podría llegar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Como se recordará, en mayo del año pasado el IPAB informó a los cuatro bancos, participantes en el programa de capitalización y compra de cartera vencida, que estaba dispuesto a realizar el intercambio de pagarés del Fobaproa por bonos del IPAB a condición de que se efectuaran las revisiones.

En julio de ese año los bancos se ampararon ante el juez noveno de distrito, quien les otorgó la suspensión provisional y en noviembre de 2002 la definitiva contra dos de las tres revisiones: las de gestión y existencia.

El instituto considera que tiene posibilidades de ganarle a los banqueros, al interponer un recurso de revisión en segunda instancia; sin embargo, está consciente de que si llegara a ganar en esta etapa los bancos se inconformarán y el proceso llegará al siguiente nivel, que es la SCJN.

Sin embargo, el IPAB señaló que no desea generar falsas expectativas; no obstante, confió en que logrará que se apliquen las auditorías, aunque el proceso legal tarde más de lo previsto inicialmente.

Este procedimiento legal también tiene su origen en el señalamiento realizado por la Auditoría Superior de la Federación (ASF), la cual consideró que los cuatro bancos involucrados recibieron apoyos irregulares del Fobaproa, por lo que emitió un exhorto al IPAB para que fueran auditados esos pagarés y se descontaran los créditos que irregularmente fueron transferidos al Fobaproa durante el rescate bancario de 1995 y1996, operaciones que a la fecha alcanzan un valor de 52 mil millones de pesos.

Sin embargo, el litigio no para ahí. De manera paralela y como consecuencia del exhorto de la ASF, el Poder Ejecutivo federal interpuso en abril de este año una controversia constitucional en contra de la Cámara de Diputados por la supuesta "invasión de esferas" que cometió el Poder Legislativo al no haber impedido que la ASF notificara a la Secretaría de Hacienda que en las auditorías realizadas a la compra de cartera de las bases de actualización de intereses del IPAB, de marzo de 2002, "se identificaron créditos que, de acuerdo con los contratos de deuda establecidos, no debieron ser incluidos".

El Ejecutivo federal ha argumentado en el proceso de controversia constitucional que la ASF no tiene facultades para ordenarle al Ejecutivo qué es lo que debe hacer. Sin embargo, este procedimiento sigue en desahogo en la SCJN y no se ha determinado quién tiene la razón.

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