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México D.F. Lunes 8 de septiembre de 2003

Jorge Carrillo Olea

Por una nueva visión sobre migrantes

Décadas atrás se dictó una ley fantasiosa en sus objetivos e insuficiente en sus mecanismos. Inexplicablemente se rexpide en 1996, sin ser advertidos de su inviabilidad. Esa ley, además, hoy resulta ejemplo de anacronismo: la Ley General de Población.

Esta ley confunde dos temas que parecen uno mismo, pero que en la realidad son sencillamente distintos: la regulación de la dinámica poblacional en cuanto a su volumen, estructura, dinámica y distribución territorial, y la regulación de los flujos migratorios, todo para "resolver los problemas demográficos nacionales".

Sobre el primer objetivo -regular la dinámica poblacional- no se tiene noticia de país que haya sido capaz de lograrlo. Tal vez los más sensatos ni siquiera intentan regularla por la vía de una ley coactiva, sino más bien por la oferta de oportunidades de desarrollo humano.

Nuestros planes nacionales de desarrollo no han tenido como meta central crear condiciones que atraigan la dinámica social mediante la creación de infraestructura productiva, de educación, salud, abasto, capacitación para el trabajo, protección de la infancia y participación colectiva, como señala la ley. Sí se han creado explosivos centros de desarrollo económico, como Lázaro Cárdenas o Cancún, entre otros, pero muy ajenos a pretender influir en la "distribución de la población en territorio nacional".

El segundo objetivo -controlar los flujos migratorios- es un tema cada vez más preocupante para los países de mediano y alto desarrollo. Su oferta de bienestar relativo es el imán que atrae a los que carecen de esperanzas en su propia tierra. Pero ante esto, nuestros recursos legales y organizativos fallan al desconocer nuestras realidades. Así han pasado varias décadas.

En el sentido de atender los flujos migratorios, la ley es anacrónica e inoperante. Lo primero porque no incorpora y, por ende, ignora los compromisos internacionales que ha asumido nuestro país respecto de los inmigrantes, que ya forman parte de nuestras realidades jurídicas. Es inoperante porque supone que debemos "restringir la emigración de nacionales de acuerdo con el interés nacional" y "sujetar la inmigración extranjera a las modalidades pertinentes". Ambos propósitos son imposibles.

La ley no amplía el deber genérico de las autoridades consulares de proteger a los mexicanos en el extranjero, pues si bien está inscrito en otros ordenamientos en esta ley, no deberían faltar ampliaciones y precisiones. No establece el mandato de integrar un censo como paso preliminar al ejercicio de los derechos de nacionales en el extranjero, como quizá un día sufragar, o bien a promover la integración familiar. La exitosa identificación consular no tiene espacio en la llamada ley de población.

Contradiciendo nuestros reclamos actuales ante Estados Unidos, sancionamos con cárcel a quienes se encuentren ilegalmente en el país y mayor pena corporal fijamos aún para quienes habiendo sido expulsados se internen de nuevo al país de manera ilegal.

No toma en cuenta que por el sur tenemos mil 200 kilómetros de frontera incontrolada ante una infinitud de extranjeros dispuesta a cruzar 3 mil kilómetros de territorio mexicano en su afán de llegar al norte, pero que decenas de miles por causas diversas se quedan en territorio nacional sin control alguno y van poco a poco asimilándose a nuestra vida, sea por encima o debajo de la autoridad, ya que la ley está hecha para hacer toda regularización difícil en esta materia.

Esta ley no reglamenta el absurdo artículo 33 constitucional, que es uno de los residuos del autoritarismo, del que ampliamente se han valido los gobiernos de Zedillo y Fox para complacer al gobierno fascista de José María Aznar, negando la garantía de audiencia y de legalidad, pero más, olvidando nuestro compromiso de hace 20 años de acogerlos a petición explícita del entonces presidente del gobierno español, Adolfo Suárez, para facilitar las negociaciones que ayudarían a llegar a la transición.

No establece la debida existencia de programas de empleo para extranjeros ni fija qué instancia los protegerá ofreciéndoles seguridad jurídica y, por ende, respeto a sus derechos humanos. No se trata de quitar el empleo a los mexicanos, que ya está ocupado por extranjeros; se trata de no hacerlos sujetos de explotación, tal como demandamos de la autoridad y la sociedad estadunidense.

Dificulta, no facilita, el ingreso y permanencia en el país de extranjeros que por su talento, cultura, experiencia, prestigio o recursos serían útiles al interés nacional. Es profundamente restrictiva en materia de naturalización, ignorando la realidad de que al obstaculizar burocráticamente el procedimiento legal de pocos no atiende la mexicanización de facto de miles por la vía de los hechos, fomentando así la corrupción. Siendo el problema de las migraciones tema añejo y creciente, Ƒno es digno de una nueva visión?

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