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México D.F. Sábado 23 de agosto de 2003

Miguel Concha

Peticiones al relator

La Relatoría para la Libertad de Expresión es un mecanismo creado en 1997 por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), con el propósito de fortalecer el reconocimiento y el ejercicio de ese derecho. Apoyada por la totalidad de los jefes de Estado y de gobierno en la cumbre de Santiago de Chile en 1998, y ratificada en la cumbre de Quebec en 2001, tiene entre sus principales responsabilidades el monitorear la situación en que se encuentra la libertad de expresión en el continente, visitar con este propósito a los estados miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA) que así lo requieran y lo soliciten, y recomendar acciones específicas para mejorarla.

Como parte de sus funciones, en 2000 elaboró una serie de principios, sobre la base de que la libertad de expresión es uno de los componentes fundamentales de la democracia, que luego fueron aprobados y adoptados por la CIDH, teniendo en cuenta los instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos. Entre ellos se encuentra la igualdad de oportunidades a todas las personas para recibir, buscar y proporcionar sin discriminación alguna información por cualquier medio; el deber de garantizar el secreto profesional de los comunicadores sociales, y el deber del Estado de prevenir, investigar y sancionar cualquier acto que atente contra su vida o la integridad de sus personas, vaya en menoscabo del ejercicio de su importante función, o de los propios medios de comunicación, exigiéndole al mismo tiempo la reparación adecuada del daño.

En conformidad con ello, se establece que los monopolios u oligopolios, así como la propiedad y control de los medios, estén sujetos a leyes antimonopólicas, "por cuanto conspiran contra la democracia, al restringir la pluralidad y diversidad que asegura el pleno ejercicio del derecho a la información de los ciudadanos". Y por ello se exige que las asignaciones de radio y televisión consideren criterios democráticos que garanticen la igualdad de oportunidades de todos los individuos en el acceso a las mismas. Reconociendo el derecho de los medios de comunicación a desarrollar su labor en forma independiente, se establece igualmente que el otorgamiento de frecuencias de radio y televisión, con el propósito de presionar y castigar, o premiar y privilegiar a los medios de comunicación, en función de sus líneas informativas, atenta contra la libertad de expresión y debe estar claramente prohibido por la ley, y se excluye de la misma manera y por los mismos motivos la asignación arbitraria y discriminatoria de la publicidad y los créditos oficiales.

La Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión exige también la protección legal de la reputación, garantizándola exclusivamente mediante sanciones civiles, y ello en los casos en que se pruebe que en la difusión de las noticias el comunicador tuvo intención de infligir daño, tenía pleno conocimiento de que estaba difundiendo informaciones falsas, o actuó con manifiesta negligencia en la búsqueda de la verdad o falsedad de las mismas.

Dado el lamentable estado de hecho y de derecho en que todavía se encuentra el reconocimiento y el ejercicio de la libertad de expresión en México, un grupo significativo de organizaciones de periodistas y de defensa de los derechos humanos, así como de ciudadanos interesados en la libertad de expresión, solicitaron en enero pasado una visita oficial del actual relator especial de la OEA para la Libertad de Expresión, el doctor Eduardo A. Bertoni, que con la anuencia del gobierno federal se está llevando a cabo en estos días.

Como el domingo pasado Jenaro Villamil ya dio noticia de forma resumida en su columna de La Jornada (p. 4) del contenido del documento y completo informe que sobre este tema se le ha entregado ya, quiero ahora sólo centrarme en dos de las principales recomendaciones que al final se le pide haga al Estado mexicano. Se le solicita que demande en primer lugar la homologación de la Constitución, las leyes reglamentarias y los códigos penales a los estándares internacionales en materia de libertad de expresión, y en particular que revise los artículos 6 y 7 de nuestra Carta Magna, recuperando para ello la iniciativa de decreto que al respecto presentó el 29 de abril la Subcomisión de Medios de la Comisión Especial para la Reforma del Estado a la Cámara de Diputados, e incorporando una reflexión sobre la caracterización de los delitos de prensa. Se le pide además que recomiende una reforma integral de la Ley Federal de Radio y Televisión, que garantice realmente la libertad de expresión y el derecho a la información de todos los sectores de la sociedad, asegure la participación ciudadana, y reconozca la responsabilidad social de los medios y su función de servicio público.

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