.. | México D.F. Sábado 23 de agosto de 2003
Miguel Concha
Peticiones al relator
La Relatoría para la Libertad de Expresión
es un mecanismo creado en 1997 por la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (CIDH), con el propósito de fortalecer el reconocimiento
y el ejercicio de ese derecho. Apoyada por la totalidad de los jefes de
Estado y de gobierno en la cumbre de Santiago de Chile en 1998, y ratificada
en la cumbre de Quebec en 2001, tiene entre sus principales responsabilidades
el monitorear la situación en que se encuentra la libertad de expresión
en el continente, visitar con este propósito a los estados miembros
de la Organización de Estados Americanos (OEA) que así lo
requieran y lo soliciten, y recomendar acciones específicas para
mejorarla.
Como parte de sus funciones, en 2000 elaboró una
serie de principios, sobre la base de que la libertad de expresión
es uno de los componentes fundamentales de la democracia, que luego fueron
aprobados y adoptados por la CIDH, teniendo en cuenta los instrumentos
internacionales de protección de los derechos humanos. Entre ellos
se encuentra la igualdad de oportunidades a todas las personas para recibir,
buscar y proporcionar sin discriminación alguna información
por cualquier medio; el deber de garantizar el secreto profesional de los
comunicadores sociales, y el deber del Estado de prevenir, investigar y
sancionar cualquier acto que atente contra su vida o la integridad de sus
personas, vaya en menoscabo del ejercicio de su importante función,
o de los propios medios de comunicación, exigiéndole al mismo
tiempo la reparación adecuada del daño.
En conformidad con ello, se establece que los monopolios
u oligopolios, así como la propiedad y control de los medios, estén
sujetos a leyes antimonopólicas, "por cuanto conspiran contra la
democracia, al restringir la pluralidad y diversidad que asegura el pleno
ejercicio del derecho a la información de los ciudadanos". Y por
ello se exige que las asignaciones de radio y televisión consideren
criterios democráticos que garanticen la igualdad de oportunidades
de todos los individuos en el acceso a las mismas. Reconociendo el derecho
de los medios de comunicación a desarrollar su labor en forma independiente,
se establece igualmente que el otorgamiento de frecuencias de radio y televisión,
con el propósito de presionar y castigar, o premiar y privilegiar
a los medios de comunicación, en función de sus líneas
informativas, atenta contra la libertad de expresión y debe estar
claramente prohibido por la ley, y se excluye de la misma manera y por
los mismos motivos la asignación arbitraria y discriminatoria de
la publicidad y los créditos oficiales.
La Declaración de Principios sobre la Libertad
de Expresión exige también la protección legal de
la reputación, garantizándola exclusivamente mediante sanciones
civiles, y ello en los casos en que se pruebe que en la difusión
de las noticias el comunicador tuvo intención de infligir daño,
tenía pleno conocimiento de que estaba difundiendo informaciones
falsas, o actuó con manifiesta negligencia en la búsqueda
de la verdad o falsedad de las mismas.
Dado el lamentable estado de hecho y de derecho en que
todavía se encuentra el reconocimiento y el ejercicio de la libertad
de expresión en México, un grupo significativo de organizaciones
de periodistas y de defensa de los derechos humanos, así como de
ciudadanos interesados en la libertad de expresión, solicitaron
en enero pasado una visita oficial del actual relator especial de la OEA
para la Libertad de Expresión, el doctor Eduardo A. Bertoni, que
con la anuencia del gobierno federal se está llevando a cabo en
estos días.
Como el domingo pasado Jenaro Villamil ya dio noticia
de forma resumida en su columna de La Jornada (p. 4) del contenido
del documento y completo informe que sobre este tema se le ha entregado
ya, quiero ahora sólo centrarme en dos de las principales recomendaciones
que al final se le pide haga al Estado mexicano. Se le solicita que demande
en primer lugar la homologación de la Constitución, las leyes
reglamentarias y los códigos penales a los estándares internacionales
en materia de libertad de expresión, y en particular que revise
los artículos 6 y 7 de nuestra Carta Magna, recuperando para ello
la iniciativa de decreto que al respecto presentó el 29 de abril
la Subcomisión de Medios de la Comisión Especial para la
Reforma del Estado a la Cámara de Diputados, e incorporando una
reflexión sobre la caracterización de los delitos de prensa.
Se le pide además que recomiende una reforma integral de la Ley
Federal de Radio y Televisión, que garantice realmente la libertad
de expresión y el derecho a la información de todos los sectores
de la sociedad, asegure la participación ciudadana, y reconozca
la responsabilidad social de los medios y su función de servicio
público.
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