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E C O N O M I A
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México D.F. Viernes 20 de junio de 2003

La Auditoría Superior buscó evidenciar la ilegalidad del rescate bancario

Protege a bancos el andamiaje legal creado por Ernesto Zedillo

Las resoluciones judiciales que se preparan en favor de las instituciones de crédito estarían basadas en el incumplimiento del artículo quinto del IPAB, según opinaron fuentes oficiales

JESUS ARANDA

Cuando la Auditoría Superior de la Federación (ASF) pretendió revisar los pagarés del Instituto de Protección al Ahorro Bancario (IPAB) buscaba que al reabrir el expediente del rescate bancario de 1995 y 1996 se dejara constancia de la forma ilegal en la que el gobierno de Ernesto Zedillo adquirió la multimillonaria deuda del Fobaproa, que sólo resultó ser negocio para los bancos. Sin embargo, sabía que era difícil que la pretensión prosperara dado el marco legal vigente.

Fuentes oficiales comentaron lo anterior y advirtieron que el andamiaje legal creado en la administración de Zedillo en favor de los bancos será fundamental para que éstos conserven sus privilegios. Actualmente no se ve ningún signo del gobierno federal ni del sistema judicial que haga suponer que las instituciones crediticias no recibirán el amparo de la justicia federal en contra de la intención de revisar nuevamente los pagarés presuntamente irregulares que pasaron a formar parte del IPAB.

Las fuentes prevén que por ese mismo entorno legal, al final de cuentas la Suprema Corte concederá la razón al Ejecutivo federal en la controversia que interpuso en contra de la Cámara de Diputados para impedir que la ASF tenga acceso a siete pagarés bancarios que suman más de 44 mil millones de pesos y que también podrían ser irregulares.

Pese a los alegatos de la ASF, y los que esgrime el gobernador del Banco de México, Guillemo Ortiz, para "obtener" la información requerida a los bancos sobre los pagarés que ingresaron al IPAB, la interpretación contraria a dichas pretensiones se fundaría en el artículo quinto transitorio de la Ley de Protección al Ahorro Bancario.

Dicho artículo señala: "en caso de que en las auditorías se detecten créditos ilegales, el IPAB, mediante resolución de la junta de gobierno, podrá optar por rechazar y devolver los mismos a las instituciones (los bancos), mismas que deberán designar otros activos por un monto equivalente al de los créditos devueltos a satisfacción del instituto.

"En caso contrario, el instituto reducirá el monto respectivo de la garantía o instrumento de pago respectivo". Añade que "cuando la ilegalidad del crédito sea atribuible a la administración de la institución de que se trate, ésta deberá absorber el costo de dicho crédito, al efecto el instituto reducirá el monto de la garantía o instrumento de pago".

El problema aquí, precisaron los funcionarios consultados, es cómo, a pesar de que la ley establecía mecanismos para revisar los créditos ilegales y, en caso de encontrarlos, obligar a los bancos a absorber el costo de dichos créditos, los funcionarios de aquel entonces y los diputados que reconocieron la deuda no hicieron nada para impedirlo.

Ninguna autoridad, desde Zedillo, los titulares de Hacienda y Crédito Público y del Banco de México o los legisladores que aprobaron el rescate bancario, tomó nota de que el primer párrafo del citado artículo quinto transitorio establecía: "En caso de que la auditoría reporte irregularidades, se procederá inmediatamente a deslindar las responsabilidades a que hubiere lugar y los infractores asumirán su plena responsabilidad legal y económica".

Los funcionarios explicaron que al demandar la ASF revisar los pagarés "quisimos dejar constancia y le solicitamos al IPAB que practicara nuevas auditorías, lo cual dio lugar a la controversia constitucional que inició el Ejecutivo contra el Congreso".

El IPAB respondió que no tiene facultades para ordenar la revisión de un procedimiento ya concluido. Esto en razón de que la ley del IPAB señala claramente procedimientos que nunca se llevaron a cabo.

No obstante, la ASF le ordenó al IPAB que a su vez instruyera a la Secretaría de Hacienda que descontara a los bancos los montos de los créditos ilegales. El Ejecutivo federal de inmediato actuó e interpuso la controversia constitucional.

La intención fundamental de los bancos a partir del Fobaproa ha sido evitar la auditoría de los créditos irregulares -en la demanda que interpuso el gobernador del Banco de México, Guillermo Ortiz, en contra de Bancomer, Banamex, Bital y Banorte, pretende obtener información sobre una deuda de 212 mil 448 millones de pesos, cuya legalidad está, al menos en duda-. Y todo hace suponer que no habrá cambio, comentaron.

Ante el susto, contratación de abogados "pesados"

Sin embargo, el susto que se llevaron los banqueros al conocer la pretensión de abrir nuevamente el caso Fobaproa los llevó a contratar un despacho de abogados "de peso pesado" que cerrara la puerta a nuevas auditorías. La decisión cayó a mediados del año pasado en uno de los más importantes, en el que eran socios Fabián Aguinaco (hijo del ministro y ex presidente de la Suprema Corte de Justicia, Vicente Aguinaco Alemán), y Arturo Zaldívar (presidente de la Comisión Redactora de la Nueva Ley de Amparo que impulsó el Poder Judicial de la Federación bajo la presidencia de Genaro Góngora Pimentel).

Meses después, los socios "quebraron" y cada uno de ellos se quedó con una parte del proceso, donde la principal victoria de los bancos fue la obtención en noviembre pasado de una suspensión definitiva en el amparo 979/2002, que impide el acceso a las cuentas de Bancomer relacionadas con el IPAB.

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