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P O L I T I C A
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México D.F. Miércoles 30 de abril de 2003

Fuentes extraoficiales aseguran que será puesto a disposición de la justicia española

Aplaza la Corte decisión sobre el amparo que promovió Cavallo para evitar extradición

JESUS ARANDA

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aplazó ayer su decisión respecto de la solicitud de amparo promovida por el ex militar Ricardo Miguel Cavallo en contra de su posible extradición a España; sin embargo, trascendió que el proyecto de dictamen negaba el amparo y permitía la extradición de quien es considerado responsable de secuestros, torturas y desapariciones durante la dictadura castrense de 1976 a 1983 en Argentina.

A petición del ministro Genaro Góngora Pimentel, sus compañeros consideraron que era importante analizar argumentos vertidos en la sesión privada -previa a la pública- por Sergio Salvador Aguirre Anguiano y José de Jesús Gudiño Pelayo, con relación a que aún no se había discutido suficientemente la relación entre este asunto inédito para la justicia mexicana y la jurisdicción mundial en la materia, por lo que se determinó dejar para otras sesiones el examen del asunto.

No obstante se comentó dentro del máximo tribunal del país que la discusión de este tema difícilmente influirá en la decisión mayoritaria de los ministros de negar el amparo a Cavallo y permitir su remisión a España para ser juzgado por los delitos de terrorismo y genocidio.

Se puede decir, comentó un alto funcionario judicial, que el proyecto del ministro Humberto Román Palacios coincide en términos generales con la decisión del entonces juez sexto de distrito penal, José Guadalupe Luna Altamirano, el cual en su sentencia del 12 de enero de 2001 estableció que el juez español Baltasar Garzón sí tiene extraterritorialidad para conocer del proceso en contra de Ricardo Miguel Cavallo por haber tomado parte activa en el secuestro, tortura y muerte de ciudadanos argentinos y españoles, como está documentado en el expediente de la causa.

Después de la decisión de Luna Altamirano -a quien por cierto se le vio ayer en los pasillos de la Corte, aunque ya es magistrado laboral-, la defensa de Cavallo interpuso ante la SCJN una solicitud de amparo en contra de los actos del Presidente de la República con relación al Tratado de Extradición y Asistencia en Materia Penal entre México y España, del 21 de noviembre de 1978.

Asimismo, se impugnó ante el máximo tribunal el Protocolo del 23 de junio de 1995, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de marzo de 1997, por el que se modificó el tratado referido, así como la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio y el acuerdo de 2 de febrero de 2001 emitido por la Secretaría de Relaciones Exteriores por la "omisión de la suscripción del tratado, del protocolo, de la convención y la declaración de procedencia de extradición".

El proyecto

El proyecto elaborado por el ministro Humberto Román Palacios considera que en términos generales la extradición del ex director del tristemente célebre Registro Nacional de Vehículos (Renave) era legal a partir de lo establecido en el Tratado de Extradición México-España.

También, que España sí tiene jurisdiccional supranacional o extraterritorialidad para conocer de los delitos que se le imputan a Cavallo, conocido en su país como Sérpico o Marcelo -el juez Luna Altamirano no concedió la extradición por el delito de tortura, al haber prescrito la acción penal-, por tener la competencia legal de conformidad con su legislación interna, además de que cumple con los postulados establecidos en diversas convenciones internacionales, "como aquellas que se refieren a genocidio, terrorismo y tortura".

De acuerdo con el reglamento interno de la Suprema Corte, basta con que un ministro solicite al pleno el aplazamiento de un asunto para que esto se produzca, y aunque no se puede precisar la fecha en que el pleno resolverá sobre el amparo en cuestión, funcionarios del máximo tribunal consideraron que el asunto podría dictaminarse en fecha próxima.

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