Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Lunes 14 de abril de 2003
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Sociedad y Justicia

Envía recomendación a la PGJM en la que pide ampliar el ejercicio de la acción penal

Pide la CNDH investigar a nueve militares implicados en el asesinato de un abogado

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) envió una recomendación al titular de la Procuraduría General de Justicia Militar (PGJM), general Jaime Antonio López Portillo Robles Gil, por la violación de garantías fundamentales cometidas por un grupo de militares en contra de tres civiles, a uno de los cuales dieron muerte, que estaban presuntamente involucrados en delitos contra la salud.

La recomendación 15/2003 establece que dichos elementos del Ejército Mexicano realizaron un operativo de detención sin contar con las facultades del caso, hicieron uso excesivo de la fuerza sin portar uniformes ni distintivos en los vehículos que los identificaran como servidores públicos militares, utilizaron armas ante personas desarmadas y civiles, y de dos tiros privaron de la vida a un hombre, además de que transgredieron los derechos humanos de integridad y seguridad personal, seguridad jurídica y de legalidad de dos personas más.

Ante esas graves faltas, la PGJM integró en la averiguación previa el delito de homicidio solamente contra un capitán, no obstante que contaba con indicios de probable comisión de varios delitos más por parte de otros nueve oficiales militares, por haber incurrido en abandono de persona, abuso de autoridad y daño en propiedad ajena.

En la recomendación, la CNDH pide al general López Portillo investigar esas conductas y determinar o ampliar el ejercicio de la acción penal contra un coronel, un mayor, tres capitanes y cinco tenientes, quienes por haber intervenido en esa acción son también presuntos responsables de irregularidades.

En su queja, presentada ante el organismo, Juan Jesús Guerrero Chapa narra que los hechos ocurrieron el 26 de febrero de 2002 a las 18 horas, cuando a bordo de un vehículo salía del penal de máxima seguridad de La Palma, en el estado de México, después de ejercer sus actividades profesionales de abogado. El profesional era acompañado de los también abogados Agustín Rojas Vázquez y Francisco José Flores Iruegas, cuando fueron interceptados por un grupo de personas armadas, vestidas de civil, que no se identificaron y que al ver que no se detenían les dispararon, lesionando a Flores Iruegas.

Los agresores continuaron la persecución y con una camioneta impactaron el automóvil por detrás hasta lograr que abandonara la carretera y se proyectara sobre cascajo a la orilla del camino.

Guerrero Chapa señaló que las personas que los detuvieron, que después supo que eran militares, lo subieron a él y a Rojas Vázquez a otro vehículo, los esposaron y les vendaron los ojos. Al litigante herido lo dejaron a su suerte en el automóvil, sin brindarle ningún auxilio y sin tener la certeza de que hubiera muerto, lo que horas después ocurrió.

Posteriormente ambos detenidos fueron puestos a disposición del Ministerio Público Federal adscrito a la Unidad Especializada en Delincuencia Organizada (UEDO), donde les imputaron delitos contra la salud en la modalidad de tráfico de cocaína, y quedaron detenidos hasta el 8 de marzo de 2002, cuando fueron puestos en libertad por falta de elementos para procesarlos.

De acuerdo con las indagaciones de la CNDH, se aclaró que si bien el MPF había solicitado la colaboración del personal militar para que apoyara a elementos de la Agencia Federal de Investigación (AFI) para localizar y presentar al señor Guerrero Chapa, el personal castrense no contaba con facultades para hacer el operativo de manera unilateral y nunca estableció contacto con servidores de la AFI.

En la recomendación, la CNDH enumera una larga lista de artículos y leyes violadas por los elementos castrenses. Además se confirmó que una vez realizada la detención los militares se retiraron del lugar de los hechos dejando al herido sin auxilio y sin verificar su estado, cuando estaba obligado a mantenerse en el lugar y a informar del homicidio al MP, autoridad que tuvo conocimiento del deceso por una llamada telefónica anónima.

Por ello, la CNDH recomienda al titular de la Procuraduría General de Justicia Militar que gire instrucciones para que amplíe el ejercicio de la acción penal en contra de los militares que participaron en esa acción. Asimismo, que sé de vista a la Inspección y Contraloría General del Ejército y Fuerza Aérea Mexicana y al órgano de control interno de la misma procuraduría, y en caso de que resulten conductas constitutivas de delito se inicie la averiguación previa correspondiente. De la misma forma solicita a la PGJM disponga lo necesario en favor de los familiares del fallecido señor Flores Iruegas.

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