Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Jueves 27 de marzo de 2003
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Economía

Devolverá recursos a empresarios; acatará resoluciones judiciales: Martínez-Ostos

Pierde Hacienda juicios por pago de impuestos

ANTONIO CASTELLANOS

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) anunció ayer que respetará el fallo del Poder Judicial en su contra y aceptó haber perdido 200 juicios de amparo. La mayor parte, más de 150, fue en contra del pago del impuesto sustitutivo del crédito al salario. En el caso del municipio de Mexicali, informó no haber recibido la resolución de la Suprema Corte, pero indicó que también acatará la resolución y descongelará casi 20 millones de pesos a favor de aquellas autoridades municipales.

Raúl Martínez-Ostos Jaye, vocero de la SHCP, manifestó que la devolución de estos recursos no se ha terminado de evaluar con la Subsecretaría de Ingresos, pero sostuvo que no tendrá impacto en el ejercicio de los recursos públicos para este año. Aclaró que en ningún caso se trata de inconstitucionalidad del impuesto citado, sino del procedimiento. Había ambigüedad en el reglamento interior de la dependencia, concretamente en el artículo 105, desde 1986.

El funcionario manifestó que en el caso del municipio de Mexicali, el asunto se derivó de un crédito otorgado por una institución bancaria. De acuerdo con la Ley de Coordinación Fiscal se congelaron recursos por 20 millones de pesos aproximadamente, para responder a la intermediaria en caso de incumplimiento.

Tanto las autoridades hacendarias como las bancarias que exigieron el pago consideraron que tendría que procederse, pero el municipio de Mexicali pidió la intervención de la Suprema Corte para impedir la congelación de tales recursos. Oficialmente la Secretaría de Hacienda no ha recibido ninguna resolución en su contra por este asunto.

Insistió en que ningún fallo por demandas de los particulares contra el pago del impuesto sustitutivo del crédito al salario se pronuncia por inconstitucionalidad. Se adujo que ni el procurador fiscal de la Federación ni sus subalternos podían impugnar amparos concedidos por el Poder Judicial a favor de particulares.

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