Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Domingo 9 de febrero de 2003
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Capital
La orden se giró el viernes; ayer habían sido remitidos 14 uniformados

Anuncia Ebrard severas penas a policías y ciudadanos que incurran en cohecho

ANGEL BOLAÑOS SANCHEZ

Debido a que no ha sido posible erradicar los actos de corrupción en policías de la Secretaría de Seguridad Pública capitalina, a partir de mañana, uniformados y ciudadanos que sean sorprendidos en una acción de cohecho serán consignados ante el Ministerio Público, anunció el titular de la dependencia, Marcelo Ebrard Casaubón.

Las 172 cámaras de video instaladas en la ciudad permitirán vigilar a los uniformados, y cuando sea detectada una situación de ésas, la filmación del hecho será empleada como evidencia ante la Procuraduría General de Justicia capitalina. "La filmación es prueba plena", aseguró, y recordó que en abril se instalarán 100 cámaras más de monitoreo.

La norma, precisó el funcionario policiaco, comenzó a aplicarse a los policías desde el viernes, y para el sábado habían sido presentados ante el Ministerio Público un total de 14 uniformados, que fueron sorprendidos en flagrancia en diferentes puntos de la ciudad. Sin embargo, "no podemos avanzar", se quejó Ebrard, porque "hay ciudadanos que siguen en lo mismo: se les acerca una patrulla y luego luego sacan el dinero".

Así, previno a los capitalinos "que tomen nota" de esto, pues el cohecho es un asunto de dos: el ciudadano y el policía. "Entonces ya saben a qué le tiran. Sobre advertencia no hay engaño".

El nuevo Código Penal del DF establece como tipo penal el cohecho, en su artículo 272, definiéndolo como el acto en el que "el servidor público que por sí o por interpósita persona, solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquier otra dádiva, o acepte una promesa para hacer o dejar de hacer algo relacionado con sus funciones".

Y la pena señalada, cuando el monto no es mayor a 500 veces el salario mínimo vigente en el DF (21 mil 825 pesos) o que no sea valuable, será de uno a cuatro años de prisión y entre 30 y 300 días de multa.

Pero cuando el monto del cohecho es superior a los 500 días de salario mínimo la pena será de dos a nueve años de prisión y multa de 300 a 800 días de salario mínimo.

El artículo 278 establece que "al particular que de manera espontánea le ofrezca dinero o cualquier otra dádiva u otorgue promesa a un servidor público o a interpósita persona para que dicho servidor haga u omita un acto relacionado con sus funciones, se le impondrán de seis meses a tres años de cárcel y de 100 a 500 días de salario mínimo de multa".

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