Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Sábado 21 de diciembre de 2002
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La televisora del Ajusco dice lo contrario y asegura que tiene derecho a compra

Falla Corte Internacional en favor de CNI en demanda de TvAzteca

DE LA REDACCION

En un boletín enviado a esta redacción, CNI Canal 40 menciona que: la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara Internacional de Comercio (ICC), con sede en París, "emitió un laudo resolutivo" en la demanda de TvAzteca en contra de CNI Canal 40 por presunto incumplimiento de contrato, está resolución "niega a Televisión Azteca la posibilidad de comprar una sola acción de CNI".

El boletín señala que los resolutivos son: "La parte demandante justificó parcialmente su acción y la demandada parcialmente sus excepciones; en consecuencia, se declara que el contrato de opciones celebrado entre TVAzteca y el codemandado señor Moreno Valle, que está ligado o vinculado al Convenio de Asociación Estratégica celebrado entre TVAzteca y Televisora del Valle de México (TVM) y el señor Moreno Valle, entre otros, es válido y exigible para las partes contendientes en este procedimiento, en los términos de este laudo."

En tercer lugar se declara que no se actualizaron los supuestos jurídicos para que la demandante ejercitara anticipadamente la opción de compra pactada a su favor en los contratos base de la acción, y que no satisfizo la forma pactada para el ejercicio de esa opción de compra sobre las acciones representativas del 51 por ciento del capital social de TVM.

Además absuelve a los demandados de las prestaciones de la demanda, reflejadas en el numeral 4.1.1. del Acta de Misión.

Por último, los costos del presente arbitraje deberán ser cubiertos en 70 por ciento por las partes demandadas y en 30 por ciento por la demandante, y cada una de las partes pagará los honorarios y gastos de sus respectivos abogados, representantes y peritos de conformidad con la última parte del considerando tercero.

Además, el boletín concluye: "CNI Canal 40 se congratula del fallo de la corte que confirma que la demanda de Tv Azteca se construyó sobre bases infundadas lo que nos otorga la razón. Tv Azteca emitió un boletín de prensa en que hace una interpretación interesada que no corresponde ni al espíritu ni a la letra del fallo de la Corte donde hace dos años interpuso su demanda".

Por otro lado, el boletín de TvAzteca respecto al mismo asunto afirma exactamente lo contrario: "El día de hoy, la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara Internacional de Comercio, notificó a TvAzteca y al señor Javier Moreno Valle el laudo definitivo emitido por un panel de tres árbitros integrado por Rafael Bernal, presidente, de nacionalidad colombiana, Carlos Pastrana y Jorge Gaxiola, ambos mexicanos, en la controversia iniciada hace dos años sobre el derecho de TvAzteca para comprar el 51 por ciento de TVM".

Agrega: "En consecuencia, TvAzteca podrá ejercer su opción de compra a partir del 2 de diciembre de 2002". Además, comenta: "Los contratos entre TvAzteca y CNI para la programación del Canal 40 siguen vigentes, pues no se han terminado y mucho menos son nulos, como repetidamente sostuvo el señor Javier Moreno Valle".

El boletín concluye: "El laudo arbitral concluye condenando al señor Javier Moreno Valle y TVM a pagar el 70 por ciento de los gastos y costas del arbitraje a favor de TvAzteca, tomando en consideración que 'la acción principal de TvAzteca fue declarada procedente' mientras los argumentos del señor Javier Moreno Valle para romper y desconocer esos acuerdos fueron desestimados por el panel arbitral; razones suficientes a juicio de los árbitros para condenar al señor Javier Moreno Valle al pago de la mayor parte del costo del procedimiento arbitral".

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