Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Jueves 25 de julio de 2002
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Revoca la anulación que hizo el TEE de Chihuahua, que cometió actos violatorios de la legalidad

Por unanimidad resuelve el TEPJF que el PAN ganó la alcaldía de Juárez

También dispuso asignar a los regidores por el principio de representación proporcional

ENRIQUE MENDEZ

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó ayer por unanimidad el triunfo del PAN en las elecciones extraordinarias de Ciudad Juárez, del 12 de mayo pasado, y determinó que el tribunal de Chihuahua cometió, incluso, actos "violatorios de la legalidad" y no acató las reglas en diligencias como la inspección ocular de los paquetes electorales.

En su sesión pública de ayer, y a partir del proyecto que presentó la magistrada Alfonsina Berta Navarro, la sala superior del tribunal determinó revocar la sentencia dictada por la instancia electoral local, así como la declaratoria de nulidad de la segunda vuelta, por lo que instruyó al Instituto Estatal Electoral recomponer el resultado de la votación y entregar la constancia de mayoría al candidato de Acción Nacional, Jesús Alfredo Delgado Muñoz, como alcalde electo de esa ciudad fronteriza.

Al realizar el examen de las dos quejas presentadas por Acción Nacional y la Alianza Unidos por Juárez (AUJ), el tribunal determinó restarle al candidato aliancista Roberto Barraza 508 votos de los 137 mil 635 que obtuvo oficialmente en el cómputo municipal y sumárselos al panista.

También se ordenó a la asamblea municipal electoral asignar los regidores por el principio de representación proporcional. Es-tos acuerdos se asumieron en una sesión a la que sólo asistieron re-presentantes de Acción Nacional.

El proyecto, que después fue votado por seis de los siete magistrados, pues Eloy Fuentes Cerda no asistió, determina que el tribunal estatal pretendió hacer válidos los argumentos de los partidos co-aligados sobre la presunta alteración de votos a favor de la AUJ en 110 casillas, en las que se manipularon para que en el cómputo se declararan nulos.

La magistrada Navarro planteó que la resolución de la instancia judicial local "adolece de falta de motivación", pues afirmó que no hubo "un sustento lógico y jurídico", pues para comprobar que las boletas se alteraron los magistrados sólo realizaron una "inspección ocular", que no tiene valor probatorio.

Además, para esa diligencia los magistrados de Chihuahua argumentaron primero que se realizaría para "indagar una irregular calificación de los votos" y sin embargo abrieron 110 paquetes y obtuvieron copias fotostáticas de las boletas con votos nulos, y sólo hasta que emitieron su sentencia advirtieron la presunta alteración de las papeletas.

Esto, señala la ponencia, se realizó sin que Acción Nacional o la AUJ tuvieran la oportunidad de objetar el procedimiento o realizar observaciones, lo que constituyó una "transgresión suficiente a la ley para negarle valor de prueba".

Se determinó que los agravios presentados por la AUJ "no eran atendibles y, en consecuencia, no había motivo para decretar la nulidad de las elecciones". El recursotribunal_pan de los partidos aliancistas debió desecharse porque presentaron su alegato "en forma extemporánea, antes del cómputo" municipal.

También fue desechado el argumento de la alianza de que había casillas con una boleta más de las que originalmente se distribuyeron a los funcionarios, pues se consideró que un voto más no inclinó la votación y, por lo tanto, no modificaba el resultado final.

Uno de los principales argumentos para revocar la sentencia de la instancia local fue el que defendió el magistrado Leonel Castillo González respecto a la imposibilidad de una acción concertada entre los votantes, los funcionarios de casilla y los representantes de los partidos para anular votos a favor de la alianza.

"Debió haber un mago para realizar esa maniobra, sin que lo vieran los demás, o para que estuvieran de acuerdo todos los que estaban en la casilla. El hecho es de difícil credibilidad, pero si ocurrió tendría que haber pruebas accesibles para establecer un concierto de casi 20 mil personas, que necesariamente debían haber dejado buena cantidad de rastros y huellas al por mayor", expuso.

La única "prueba" de que se alteraron los votos para anular los cruzados a favor de la alianza, agregó, fue la "percepción extrasensorial del Tribunal Estatal Electoral sobre posibles diferencias de marcas en una muestra pequeña de boletas".

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