Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Jueves 30 de mayo de 2002
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Las reformas posibilitan que violadores obtengan la libertad anticipada, advierte

Reduce castigos para delitos sexuales el Código Penal aprobado por la ALDF: titular del Inmujer

Demanda Claudia Barrón regresar a las sanciones anteriores respecto a esos ilícitos

RICARDO OLAYO GUADARRAMA

La reforma al Código Penal aprobada por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) redujo sanciones en el caso de delitos sexuales, lo que permitirá sentencias menores y el consecuente beneficio de la libertad anticipada para el delincuente, indicó la directora jurídica del Instituto de la Mujer del DF, Claudia Barrón.

Explicó que la disminución de las penas en agresiones sexuales no tiene correlación con otras penalidades que sí se mantuvieron; por ejemplo, en el caso de la discriminación. La valoración que se usó fue distinta, dado que bajó la pena para violación y hostigamiento sexual y se mantuvo la correspondiente a discriminación.

El código aprobado por la Asamblea Legislativa debe ser promulgado por el jefe de Gobierno, Andrés Manuel López Obrador, para que entre en vigor, aunque adicionalmente hay un artículo transitorio según el cual el ordenamiento entrará en vigor 120 días después.

Barrón estableció que es posible hacer una revisión y planteó trabajar en el Código de Procedimientos Penales, que recogió muchas de las propuestas de las organizaciones de mujeres y utilizó una buena técnica legislativa.

Los trabajos se realizaron con el Tribunal Superior de Justicia del DF y el gobierno capitalino, para después trasladarlos exclusivamente a la ALDF. Al hacer una primera revisión del nuevo código, la responsable jurídica del Inmujer comentó que la pena por violación actualmente es de ocho a 14 años, pero con la reforma disminuyó la sentencia mínima a seis años y aumentó la máxima a 17. Consideró que "no tendría que haber aumentado tanto la máxima y tampoco bajar la mínima. En ocho y 14 años estaba bien, pues ahora va a ser más fácil que (los jueces) apliquen penas menores por este delito".

Si los jueces aplican la penalidad baja, "con mucha más facilidad (los inculpados) obtienen el beneficio de la libertad" y con ello están más cerca de alcanzar la libertad anticipada.

Barrón dijo que es comprensible que haya una política para bajar penas a los primodelincuentes para que logren la libertad anticipada, pero cuestionó que se beneficie a los agresores sexuales.

El siguiente paso en los trabajos de la ALDF y el gobierno capitalino es la reforma penitenciaria, donde plantea un programa de reducación con énfasis "en el significado del daño que generan los violadores a menores y mujeres, que son principalmente las víctimas de estos delitos".

Tras afirmar que se debe regresar a la anterior sanción, dijo en entrevista que para el caso de hostigamiento sexual la pena actual es de uno a tres años, y se redujo en el nuevo Código Penal de seis meses a tres años.

La redacción del artículo condiciona la necesidad de una amenaza para comprobar el delito, y ello "limita que los compañeros de trabajo del mismo nivel jerárquico sean responsabilizados si no hay la citada amenaza de causar un daño". En los trabajos del Código de Procedimientos Penales, propuso incorporar las modificaciones que se hicieron en materia de aborto durante el gobierno de Rosario Robles.

Entonces se amplió una causal de no punibilidad y se estableció que el médico tiene la obligación de proporcionar información adecuada a las mujeres, y que el Ministerio Público tiene 48 horas para dar autorización de aborto en caso de violación. Estos apartados deben aparecer en el Código de Procedimientos Penales, puntualizó.

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