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Desecha la SCJN solicitud de la PGR de que intervenga en el caso Ayotzinapa

Determina que tribunales de Tamaulipas deberán ponerse de acuerdo

 
Periódico La Jornada
Sábado 4 de agosto de 2018, p. 9

El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Luis María Aguilar Morales, emitió un acuerdo en el cual desecha la solicitud de la Procuraduría General de la República (PGR) para que el máximo tribunal se pronuncie respecto la viabilidad de la creación de la comisión de la verdad para el caso Iguala Sin embargo, ordenó que con independencia de lo que decidan los tribunales con sede en Tamaulipas, la Corte analizará si es posible la creación del grupo que podría investigar nuevamente la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa.

En el acuerdo dado a conocer ayer, Aguilar Morales estableció los mecanismos que se deberán seguir para que el asunto sea analizado por el máximo tribunal.

En este caso, los órganos del Poder Judicial de la Federación con sede en Tamaulipas han establecido criterios diferentes al analizar los argumentos presentados por la PGR, en los que menciona el Ministerio Público Federal que existe imposibilidad jurídica y material para cumplir la sentencia.

En el acuerdo emitido ayer por la SCJN se señala que el pasado 17 de julio el tercer tribunal unitario del decimonoveno circuito declaró que existe imposibilidad jurídica para cumplir con la sentencia protectora del primer tribunal colegiado del mismo circuito de constituir una comisión de investigación para la verdad y la justicia (caso Iguala) y las facultades concedidas, en la indagación de delitos a dicha comisión.

Por esa razón, el presidente de la Corte ordenó que el tribunal colegiado envíe las actuaciones realizadas al primer tribunal colegiado para que éste examine la legalidad de su decisión y determine si existe o no la imposibilidad de acatar la sentencia protectora.

Si se concluye que sí es ejecutable y se puede crear la comisión de la verdad, deberá enviar los autos a la SCJN con proyecto de separación del cargo de los titulares de las autoridades responsables; es decir: si lo considera viable, entonces el órgano jurisdiccional debe señalar qué autoridades han incurrido en incumplimiento de una sentencia de amparo.

De esa manera, el máximo tribunal analizará el caso que en junio pasado los magistrados Mauricio Fernández de la Mora (ponente), Juan Antonio Trejo Espinoza y Héctor Gálvez, del primer tribunal colegiado del decimonoveno circuito, concedieron la protección de la justicia federal a familiares de los 43 normalistas de Ayotzinapa desaparecidos, además de ordenar reponer el procedimiento al establecer que la investigación no fue pronta, efectiva, independiente ni imparcial por parte de la PGR, como lo exige la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y los protocolos de la Organización de las Naciones Unidas.