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Invalidan norma sobre elegibilidad en Morelos
 
Periódico La Jornada
Martes 25 de octubre de 2011, p. 33

Por unanimidad, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó la primera fracción del artículo 58 de la Constitución de Morelos, que señalaba que el Ejecutivo local tenía que ser hijo de madre o padre mexicano por nacimiento. Al resolver una acción de inconstitucionalidad presentada por la Procuraduría General de la República, los ministros determinaron que los estados no pueden imponer más requisitos para ser gobernador que los estipulados en el artículo 116 de la Constitución General de la República, es decir, ser de nacionalidad mexicana por nacimiento. Sergio Valls sostuvo que el artículo impugnado violaba el derecho a ser votado y que la finalidad del requisito de origen es que los candidatos sientan arraigo y pertenencia hacia el estado.