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En 2006, junto con otros elementos vejaron a 14 mujeres en la zona de tolerancia de Castaños

Coahuila: reducen a menos de la mitad penas de cárcel a 2 militares violadores

El TSJ aduce lagunas jurídicas en primera sentencia y que las afectadas no eran discapacitadas

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El Tribunal Superior de Justicia de Coahuila modificó sentencias a elementos castrenses acusados de violar, el 11 de julio de 2006, a 14 trabajadoras de la zona de tolerancia de Castaños, en aquella entidad. En la gráfica, el salón Persico, donde trabajaban algunas de las mujeres vejadasFoto Leopoldo Ramos
Corresponsal
Periódico La Jornada
Sábado 19 de diciembre de 2009, p. 23

Saltillo, Coah., 18 de diciembre. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Coahuila redujo en más de la mitad la pena de cárcel a dos elementos del Ejército Mexicano acusados de violar a trabajadoras de la zona de tolerancia de Castaños, Coahuila, el 11 de julio de 2006.

Los magistrados Juan Antonio Martínez Gómez, Óscar Nájera Davis, Natalio Dávila Moreira, Antonio Berchellmann Arizpe y Armín Valdés Torres, integrantes de la Sala Colegiada Penal del citado tribunal, también condenaron a 18 años de prisión a otro militar implicado en el caso, quien había sido absuelto por el juez Huerta. La audiencia elevó de 21 años tres meses a 24 años la condena de otro involucrado y redujo nueve meses la pena de un quinto militar que participó en los hechos.

En la fecha citada, 14 mujeres, entre meseras, bailarinas y prostitutas de los centros nocturnos El Pérsico y Las Playas, ubicados en la zona de tolerancia de Castaños, región conurbada de Monclova, fueron golpeadas y violadas por miembros del 14 Regimiento de Caballería Motorizada, con sede en Múzquiz,Coahuila, que tenían a su cargo el resguardo del Instituto Federal Electoral en Monclova.

El ataque ocurrió luego que policías municipales detuvieron a un militar que se encontraba de paso por la zona de tolerancia, donde participó en una riña.

El detenido quedó en libertad tras identificarse, pero horas después regresó junto con 20 compañeros del regimiento, quienes irrumpieron con camionetas, uniformados y portaban pistolas y rifles de cargo.

Los militares uniformados golpearon a siete policías municipales, obligaron a varias mujeres a bailar para ellos y a 14 las violaron varias veces. Una resultó embarazada y otra, gestante, abortó debido a los golpes. Las mujeres relataron al Ministerio Público que en algunos casos los militares les introdujeron los cañones de sus rifles en sus vaginas.

El 1º de octubre de 2007, el titular del juzgado segundo penal de Monclova, Hiradier Huerta Rodríguez, condenó a 41 años cinco meses de cárcel a Omar Alejandro Rangel Fuentes a Fernando Adrián Madrid Guardiola lo sentenció a 31 años y 8 meses de prisión. Ambos, con rango de soldado, fueron encontrados culpables de violación y violación equiparada con las agravantes de prepotencia y abuso de autoridad.

El sargento segundo Juan José Gaitán Santiago recibió una pena de 21 años tres meses por violación y el cabo Angel Antonio Hernández Niño fue condenado a tres años nueve meses por lesiones. Si bien el Ministerio Público acusó de violación al subteniente de Caballería Norberto Carlos Francisco Vargas y al cabo Norberto González, el juez Huerta los absolvió.

Tras revisar el caso a petición de la defensa de los militares, los magistrados del TSJ del estado encontraron lagunas jurídicas en el Código Penal y errores cometidos por el juez de primera instancia al dictar la sentencia, por lo que se procedió a modificar las condenas.

Una fuente del Poder Judicial de Coahuila explicó que en el Código Penal las agravantes de abuso de autoridad y prepotencia considerados por el juez Huerta sólo se aplican para casos de violación de personas con discapacidad física o mental, o cuando se trate de violación conyugal.

Ninguno de estos dos casos ocurrió en los hechos de los militares, por lo que las agravantes quedaron sin efecto, no se pueden aplicar pues no hubo violación conyugal, ni las víctimas eran personas con discapacidad.

Ante esto, la pena de Rangel Fuentes pasó de 41 años cinco meses a 15 años; la de Madrid Guardiola se redujo de 31 años ocho meses de prisión a 15 años ocho meses; a Hernández Niño se le disminuyó la pena de tres años nueve meses a tres años y a Gaitán Santiago se le elevó el castigo de 21 años tres meses a 24 años, pues el juez lo había absuelto de lesiones y finalmente se comprobó que también incurrió en ese delito.

En todo esto hay un caso sobresaliente, porque se elimina la absolución de Norberto Carlos Francisco Vargas (quien era subteniente) y se le impone una pena de 18 años de prisión. En este caso la afectada se retractó de la denuncia por violación, dijo que la persona había llegado con tranquilidad al lugar y no ocurrió ningún problema, pero las declaraciones de las otras afectadas y testigos confirman lo contrario, por lo que no debió ser absuelto, añadió.

Esta persona era el militar de mayor rango en la irrupción a la zona de tolerancia y testigos lo identifican en el expediente judicial como el principal incitador a violar a las mujeres.

Rangel, Madrid y Gaitán se encuentran presos, aunque se desconoce en qué centro penitenciario; Hernández Niño obtuvo libertad bajo fianza y ante la decisión de los magistrados para condenar a 18 años de cárcel a Francisco Vargas, quien había sido absuelto, se liberó una orden de aprehensión en su contra.

Una fuente de la Fiscalía General del Estado informó que este último estuvo preso dos años en un reclusorio del Ejército de Mazatlán, Sinaloa.

En la defensa de las violadas tuvo amplia participación el obispo de Saltillo, Raúl Vera López, quien fue víctima de amenazas anónimas para que abandonara el caso.