Usted está aquí: martes 11 de septiembre de 2007 Política La Corte estudia ampliar las atribuciones del TEPJF

Al menos cinco magistrados apoyan la modificación

La Corte estudia ampliar las atribuciones del TEPJF

Jesús Aranda

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio un paso importante para avanzar hacia la modificación de la jurisprudencia que permita al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declarar la inconstitucionalidad de actos que tengan que ver con la materia electoral.

Los ministros determinaron encomendar a la ministra Margarita Beatriz Luna Ramos la elaboración del proyecto de dictamen sobre la vigencia de las tesis de jurisprudencia 25/2002 y 26/2002, las cuales señalan que la acción de inconstitucionalidad es la única vía para impugnar leyes electorales, y que si el TEPJF “resuelve respecto de la inconstitucionalidad de una ley electoral infringe lo establecido en el artículo 105 constitucional”.

Trascendió que al menos cinco ministros están en favor de modificar el criterio y que inclusive hubo quien “urgió” a Luna Ramos para que presente su proyecto de resolución lo antes posible, aun antes de que el Congreso apruebe una nueva reforma electoral, la cual prevé conceder a los magistrados electorales la facultad de anular actos que provengan de leyes electorales inconstitucionales.

De acuerdo con funcionarios judiciales consultados, hasta el momento Luna Ramos, Olga Sánchez Cordero, Juan N. Silva Meza, José Ramón Cossío y Fernando Franco se han pronunciado (en público y en privado) en favor de dejar sin efecto las tesis en cuestión, por considerar que han evitado que la ciudadanía ejerza plenamente su derecho a impugnar leyes electorales contrarias a la Carta Magna.

En la sesión de ayer, a la que asistieron nueve de 11 ministros, se aprobó la petición de modificación de jurisprudencia planteada por Luna Ramos con respecto a las tesis referidas.

La ministra argumentó que cuando la Corte resolvió el 16 de agosto de 2005 el amparo en revisión 743/2005 presentado por Jorge Castañeda Gutman (que fue sobreseído por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en razón de que es improcedente el amparo en contra de leyes electorales) y el amparo en revisión 1899/2004 presentado por Ideas del Cambio, aplicó en los hechos las tesis señaladas, por lo que era procedente su petición de modificación de jurisprudencia.

Añadió que inclusive uno de los agravios que hizo valer Castañeda ante la Corte, cuando intentó infructuosamente obtener su registro como candidato independiente a la Presidencia de la República, fue que “como tengo velada la posibilidad de impugnar esto ante el TEPJF, vengo a demandar ante el órgano jurisdiccional de amparo la inconstitucionalidad de estos artículos, y pido que se declare la procedencia, porque si no me estás vedando el acceso a la justicia”, cosa que finalmente ocurrió, según la ministra.

Una vez que el pleno resolvió conocer la solicitud de modificación de jurisprudencia, el asunto fue turnado a Luna Ramos para que elabore el proyecto respectivo, en el que se da por un hecho que propondrá que el Tribunal Electoral amplíe sus facultades.

 
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