Usted está aquí: viernes 18 de marzo de 2005 Política Tropa armada

Gustavo Iruegas

Tropa armada

Sigue la racha de modificaciones constitucionales perversas. La más reciente -de manera semejante a las orientadas a crear una improcedente ley de seguridad nacional y una innecesaria ley para la suspensión de garantías- es la orientada a dar facultades al Presidente para autorizar la salida de tropas del país sin permiso del Congreso. Ha sido iniciativa del senador Antonio Sánchez, de la bancada perredista.

Curiosamente, otras disposiciones que sí sería necesario corregir permanecen intactas. Un buen ejemplo es la prohibición que tiene el Presidente para ausentarse del país sin permiso del Congreso, según dispone el artículo 88 constitucional. Esta obsoleta disposición, presente desde el Reglamento Provisional Político del Imperio Mexicano, obedeció en su momento a la escasa necesidad de que el jefe del Ejecutivo viajara al exterior, a las dificultades y peligros de viaje y los largos tiempos involucrados en las precarias comunicaciones de la época. Ya en su versión original, la Constitución de 1917 determina que "el Presidente de la República no podrá ausentarse del territorio nacional sin permiso del Congreso de la Unión".

La situación ha cambiado radicalmente, pero la disposición constitucional no. El avance de la aviación y las comunicaciones hace perfectamente posible que el Presidente viaje por el extranjero sin perder ni el gobierno ni el contacto con el país. En todo caso, en cuestión de horas podría estar de regreso en territorio nacional. La última vez que se discutió el asunto fue a principios de 2001, cuando un comentario de Jorge Castañeda al respecto durante una comparecencia ante legisladores se filtró a la prensa y se puso el grito en el cielo. Después, por un motivo totalmente ajeno al propósito del viaje, se negó al Presidente un permiso para ir a Texas. Esta complicación innecesaria del ejercicio de la diplomacia directa en su más alto nivel no merece la atención de nuestros legisladores.

La modificación que sí se promueve, la que permitirá al Presidente enviar tropas al extranjero a discreción, fue adversada sin éxito por el senador Raymundo Cárdenas Hernández, miembro de la misma bancada perredista. Por tanto, se colige sin dificultad que no se trata de una posición de partido y, como tampoco se trata de una iniciativa del Ejecutivo, hay que pensar que es una más de las leyes de orientación siniestra.

En realidad el Presidente de México nunca ha tenido dificultades para enviar tropas al extranjero en misiones humanitarias, de estudio o de mantenimiento. La llegada de tropas mexicanas a Centroamérica en situaciones de desastre es casi proverbial: Belice, Guatemala, Honduras, Nicaragua, El Salvador, etcétera. La única ocasión en que el Senado cuestionó una salida de tropas fue cuando al principio de esta administración se decidió que la Armada participara en los ejercicios navales que Estados Unidos realiza con el nombre de Unitas. Como en realidad la participación en esas maniobras tiene un contenido político mucho más importante que la capacitación que del ejercicio se pudiera obtener, era de suponer la objeción.

Tanto la autorización tácita para las misiones humanitarias y las de estudio y mantenimiento cuanto la objeción automática para la participación en los juegos de guerra navales de Estados Unidos indican que la disposición constitucional actual es operante y no requiere ser modificada, pues funciona a la perfección. Conviene entonces preguntarse qué oculto propósito tiene la iniciativa del senador Antonio Sánchez.

Se sabe que de tanto en tanto Estados Unidos pide a México, por sí o por interpósita organización internacional (OEA, ONU), participar en misiones de invasión o de ocupación, unas veces llamadas de pacificación y otras de mantenimiento de la paz. México se ha opuesto a esas gestiones, no tanto porque la participación de nuestras tropas haga la diferencia entre el triunfo y la derrota para el mundo libre, sino porque con esa participación se habría roto una actitud política nacional sistemáticamente negada al uso de la fuerza en las relaciones internacionales. El delicado equilibrio que México ha sabido guardar en su relación con Estados Unidos y la organización internacional descansa en dos elementos fundamentales: el primero es el de guardar su participación para los casos en que su responsabilidad regional y su interés pacifista hagan aconsejable cierta participación, como ocurrió en el caso de El Salvador; el segundo es el resguardo que la disposición constitucional hace de la independencia diplomática de México al hacer del envío de tropas al extranjero una decisión de Estado.

La iniciativa del senador Sánchez, ya avalada en Xicoténcatl, prevé (al igual que la ley de seguridad nacional y la de suspensión de garantías) la existencia de una ley reglamentaria que, de una o de otra manera, incluirá operaciones de mantenimiento de la paz y otras por el estilo. La simple existencia de la facultad presidencial y de esa ley resta al Ejecutivo su principal argumento defensivo ante los requerimientos del hegemón, pues no podrá argumentar la necesidad de pedir permiso al Senado para la salida de tropa armada.

 
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